Socialismo
Artículo 101: Los tribunales de la federación resolverán toda controversia que se suscite: I. Por leyes ó actos de cualquiera autoridad que violen lasgarantías individuales. II. Por leyes ó actos de la autoridad federal que vulneren ó restrinjan la soberanía de los Estados. III. Por las leyes ó actos de las autoridades de éstos, que invadan laesfera de la autoridad federal. | Artículo 103: Los Tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen losderechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; II. Por normas generaleso actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estados o la esfera de competencia del Distrito Federal, y III. Por normas generales o actos de las autoridades de losEstados o del Distrito Federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.Considero que fue oportuno la adición o más bien la especificación, ya que no deja una laguna que existía en1857; esto es una muestra de la evolución que hemos tenido como estado mexicano. |
Constitución de 1857 | Constitución de 1917 |
Artículo 102: Todos los juicios de que habla el artículo anteriorse seguirán, á peticion de la parte agraviada, por medio de procedimientos y formas del órden jurídico, que determinará una ninguna declaracion general respecto de la ley ó acto que la motivare. Lasentencia será siempre tal, que solo se ocupe de individuos particulares, limitándose á protegerlos y ampararlos en el caso especial sobre que verse el proceso, sin hacer | Artículo 107. Lascontroversias de que habla el artículo 103 de esta Constitución, con excepción de aquellas en materia electoral, se sujetarán a los procedimientos que determine la ley reglamentaria, de acuerdo con las bases...
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