Sociedad Anonima
1. Algunas responsabilidades de directores en la legislación panameña
“
ART. 444 Del Código del comercio
Los directores no contraerán responsabilidad personal por las obligaciones de la sociedad, pero responderán personal y solidariamente para con ella y para con los terceros en los siguientes casos:
– De la efectividad de los pagos que aparezcanhechos por los socios.
– De la existencia real de los dividendos acordados.
– Del buen manejo de la contabilidad.
– De la ejecución o mal desempeño del mandato o de la violación de las leyes, el pacto social, estatutos o acuerdos de la asamblea general.
Ley de las sociedades anónimas
Articulo 64 de la ley 32 de 1927LEY DE SOCIEDADES ANÓNIMASNTRODUCCIÓN
I• Si se declara o se paga cualquierdividendo o distribución del activo que reduzca el valor de los bienes de la compañía a menos de la cantidad de su pasivo incluyendo en éste el capital social.
• Si se reduce el monto del capital social.
• Si se da alguna declaración o se rinde algún informe falso en algún punto sustancial.
• “Los directores que han dado su consentimiento para tales actos, con conocimiento de que con ello seafecta el capital social, o de que la declaración o el informe son falsos, serán mancomunada y solidariamente responsables para con los acreedores de la compañía por los perjuicios que resultaren”.
NTRODUCCIÓN
Articulo 86 Y 87 de la ley 32 de 1927 NDE TRODUCCIÓN
INTRODUCCIÓN
• Los directores adquieren la condición de fiduciarios al momento de disolución o liquidación de la sociedad.
• Sele otorgan las facultades para arreglar los asuntos pendientes de la empresa, cobrar los créditos, vender y traspasar bienes de todas clases, dividir sus bienes entre los accionistas y tendrán la facultad de iniciar procedimientos judiciales en nombre de la sociedad.
• La sociedad anónima en estado de liquidación constituye un “Fideicomiso Implícito”. Los directores adquieren lasresponsabilidades inherentes a todo fiduciario al momento de ejecutar su mandato.
Conclusiones en cuanto a la responsabilidad de directores.
Se pueden condensar las reglas y excepciones sobre la responsabilidad de directores de Sociedad Anónima, mencionadas en el anterior análisis, de la siguiente manera:
1. Los directores de una sociedad anónima panameña "no responden porobligaciones de la sociedad".
2. Existen ciertos hechos, actos y situaciones coyunturales taxativas, consideradas "excepciones a la regla" que si permitirían la reclamación de responsabilidad, tanto solidaria, como mancomunada contra los directores de una sociedad anónima
3. Se hace necesario la fehaciente comprobación de que el o los directores han realizado los hechos o actos quese le imputan ilegales o de mala administración a fin de violentar el principio de responsabilidad limitada de los directores.
4. La protesta a tiempo, por escrito, del director dentro el contenido del acta que acepta el acto ilegal o de mala administración puede eximir a dicho director de responsabilidad; al igual que la falta justificada en la reunión que apruebe dichos actos ilegales.2. Nuevos supuestos de responsabilidad de directores
Código penal articulo 393C Reformado por la ley 45 de 2003
• El director, dignatario, gerente, administrador, representante legal, los integrantes del comité de crédito o el empleado de una entidad bancaria, empresa financiera u otra que capte o intermedie con recursos financieros del público, que directa o indirectamente apruebe uno ovarios créditos u otros financiamientos, por encima de las regulaciones legales, de manera que directamente ocasione la liquidación forzosa, insolvencia o iliquidez permanente, será sancionado con prisión de 4 a 7 años.
• Agravante: De 5 a 10 años, si se realiza en provecho propio.
• El proyecto de nuevo Código penal (Art. 241): La sanción anterior será agravada en una cuarta parte del...
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