SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
SOCIEDAD
CAPITAL SOCIAL
DENOMINACION SOCIAL
CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD
OBLIGATORIO
ASAMBLEA GENERAL
REPRESENTANTES
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD
RESPECTO A LOS SOCIOSGANANCIAS
SOCIEDAD DE RESPONSABI-
LIDAD LIMITADA
Artículo 75- Los socios responderán únicamente con sus aportes.
Artículo 76- Podrán tener una razón social de acuerdo al nombre que los sociasquieran darle, con el requisito indispensable que contenga de Responsabilidad Limitada o se abrevie S.R.L o LTDA.
Artículo 80- La constitución de la sociedad deberá quedar suscrito el monto completodel capital social y todo socio deberá haber pagado por lo menos la cuarta parte de cada una de las cuotas que haya suscrito, obligándose a cubrir el resto en dinero efectivo, en bienes o en valores,dentro del término de un año a partir de la constitución de la sociedad. Vencido el plazo para el pago de las cuotas suscritas, la sociedad podrá compeler su cancelación por la vía ejecutiva, yconstituirá título suficiente para ese efecto la certificación, en lo conducente, de la escritura de constitución.
Artículo 77- En todo documento, facturas, anuncios etc, deberán contener el nombre de larazón social y no podrán omitir LTDA, ya que se consideraría responsabilidad solidaria e ilimitada.
Artículo 85- Las cuotas sociales no podrán ser cedidas a terceros si no es con el consentimientoprevio y expreso de la unanimidad de los socios.
Artículo 86- En el caso de ser rechazada la cesión propuesta, la sociedad o los socios tendrán opción por quince días para adquirir las cuotas que se deseatraspasar en iguales condiciones a las ofrecidas a los terceros rechazados.
Artículo 89- Las sociedades de responsabilidad limitada serán administradas por uno o varios gerentes o subgerentes, quepueden ser socios o extraños, de igual modo los nombramientos podrán ser revocados por acuerdo tomado en mayoría de votos.
Artículo 90- Los gerentes y sub gerentes no podrán asumir la representación...
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