Sociedades Anonimas
Art. 373._ Principios básicos. La sociedad anónima se formará por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes; será administrada por gestores temporales y revocables y tendrá una denominación seguida de las palabras "Sociedad Anónima" o de las letras "S A."
Si la sociedad se forma, seinscribe o se anuncia sin dicha especificación, los administradores responderán solidariamente de las operaciones, sociales que se celebren.
inhibida de fallar sobre el aparte subrayado en el texto de la norma, por ineptitud de la demanda.
Art. 374._ Mínimo de accionistas. La sociedad anónima no podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas
Art. 375._ Capital social. El capitalde la sociedad anónima se dividirá en acciones de igual valor que se representarán en títulos negociables.
Art. 376._ Capital autorizado, suscrito y pagado. Al constituirse la sociedad deberá suscribirse no menos del cincuenta por ciento del capital autorizado y pagarse no menos de la tercera parte del valor de cada acción de capital que se suscriba.
Al darse a conocer el capital autorizado sedeberá indicar, a la vez, la cifra del capital suscrito y la del pagado.
Art. 377._ Acciones en la Sociedad Anónima. Las acciones podrán ser nominativas o al portador, pero deberán ser nominativas mientras no se hayan pagado
Nota. En la decisión 291 del 21 de marzo de 1991, artículo 9º, de la Comisión del Acuerdo de Cartagena se estableció que el capital de las sociedades por acciones debe estarrepresentado por acciones nominativas más no al portador.
Art. 378._ Indivisibilidad de las acciones. Las acciones serán indivisibles y, en consecuencia, cuando por cualquier causa legal o convencional una acción pertenezca a varias personas, éstas deberán designar un representante común y único que ejerza los derechos correspondientes a la calidad de accionista.
A falta de acuerdo, eljuez del domicilio social designará el representante de tales acciones, a petición de cualquier interesado.
El albacea con tenencia de bienes representará las acciones que pertenezcan a la sucesión ilíquida. Siendo varios los albaceas designarán un solo representante, salvo que uno de ellos hubiere sido autorizado por el juez para tal efecto. A falta de albacea, llevará la representación la personaque elijan por mayoría de votos los sucesores reconocidos en el juicio.
Art. 379._ Derechos de los accionistas. Cada acción conferirá a su propietario los siguientes derechos:
1o) El de participar en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votar en ella;
2o) El de recibir una parte proporcional de los beneficios sociales establecidos por los balances de fin de ejercicio, consujeción a lo dispuesto en la ley o en los estatutos;
3o) El de negociar libremente las acciones, a menos que se estipule el derecho de preferencia en favor de la sociedad o de los accionistas, o de ambos;
4o) El de inspeccionar, libremente, los libros y papeles sociales dentro de los quince días hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examinen los balances de finde ejercicio, y
5o) El de recibir una parte proporcional de los activos sociales al tiempo de la liquidación y una vez pagado el pasivo externo de la sociedad.
Art. 380._ Acciones de goce o industria. Podrán crearse acciones de goce o industria para compensar las aportaciones de servicios, trabajo, conocimientos tecnológicos, secretos industriales o comerciales, asistencia técnica y, en general,toda obligación de hacer a cargo del aportante. Los títulos de estas acciones permanecerán depositados en la caja social para ser entregados al aportante, en la medida en que cumpla su obligación y, mientras tanto, no serán negociables.
Los titulares de las acciones de goce o de industria tendrán los siguientes derechos:
1o) Asistir con voz a las reuniones de la asamblea;
2o) Participar en...
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