Sociedades extranjeras
Capítulo Decimosegundo
Nos habla de las sociedades extranjeras, las cuales tendrán personalidad jurídicaen la República. Mismas que solo podrán ejercer el comercio desde suinscripciónen el Registro, con previa autorización de la Secretaría de Comercio y FomentoIndustrial: se debe comprobar que las sociedades de este tipo se han constituidode acuerdo a las leyes delEstado del que sean nacionales, por lo cual exhibiránuna copia fiel del contrato social y demás documentos relativos a su constitución.Estas sociedades se deben establecer en la República o por lo menostener unaagencia o sucursal. Estas sociedades están obligadas a publicar anualmente unbalance general de la negociación el cual será visado por un contador públicotitulado.
CAPITULO XII LeyGENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
De las sociedades extranjeras
Artículo 250.- Las sociedades extranjeras legalmente constituidas tienen personalidad jurídica en la República.
Artículo 251.- Lassociedades extranjeras sólo podrán ejercer el comercio desde su inscripción en el Registro. La inscripción sólo se efectuará previa autorización de la Secretaría de Economía, en los términos de losartículos 17 y 17 A de la Ley de Inversión Extranjera. Las sociedades extranjeras estarán obligadas a publicar anualmente un balance general de la negociación visado por un Contador Público titulado.TITULO CUARTO
DE LA INVERSION DE PERSONAS MORALES EXTRANJERAS
ARTÍCULO 17.- Sin perjuicio de lo establecido en los tratados y convenios internacionales de los que México sea parte,deberán obtener autorización de la Secretaría:
I.- Las personas morales extranjeras que pretendan realizar habitualmente actos de comercio en la República, y
II.- Las personas a que se refiere elartículo 2,736 del Código Civil para el Distrito Federal en materia común, y para toda la República en materia federal, que pretendan establecerse en la República y que no estén reguladas por leyes...
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