Sociedades mercantiles
De la sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada ysolidariamente, de las obligaciones sociales, es decir esta sociedad todos los socios de la misma manera al igual que solidariamente de las obligaciones que esta misma genere pero también podrán estipularen el contrato de la sociedad la responsabilidad limitada de algunos de sus socios.
La razón social se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren los de todos, se leañadirán las palabras y compañía u otras equivalentes.
Cualquiera persona extraña a la sociedad que haga figurar o permita que figure su nombre en la razón social, quedará sujeta a la responsabilidadilimitada y solidaria que establece el artículo 25. Al igual que en cualquier ingreso o separación de un socio que este en el nombre de la razón social estará sujeta o las mismas responsabilidades quelos demás socios.
Artículo 31.- los socios no podrán ceder sus derechos a otros socios sin el consentimiento de los demás salvo que la mayoría lo acepte.
En el contrato podrá pactarse que en caso deque fallecieran unos socios sus herederos continúen con la sociedad.
El contrato social no podrá modificarse sin el consentimiento de todos los socios.
Tampoco podrán constituir otra sociedad conel mismo género y objetivo de la misma salvo que todos los socios estén de acuerdo.
La administración de la sociedad podrá estar a cargo ya sea por uno o varios administradores los cuales podránser socios o personas ajenas a la sociedad.
En caso de que algún socio no este de acuerdo con el o los nombramientos de los administradores, podrá separarse de la misma solo cuando laresponsabilidad del administrador sea una persona ajena a la entidad.
En caso de que no se asigne un administrador todos los socios serán los administradores.
Bajo las responsabilidades del administrador...
Regístrate para leer el documento completo.