sociedades nacionales de credito
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Última Reforma DOF 30-11-2005
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LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 1990
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 30-11-2005
Al margen unsello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus
habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL H. CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO
TITULO PRIMERODe las Disposiciones Preliminares
Artículo 1o.- La presente Ley tiene por objeto regular el servicio de banca y crédito; la organización y
funcionamiento de las instituciones de crédito; las actividades y operaciones que las mismas podrán
realizar; su sano y equilibrado desarrollo; la protección de los intereses del público; y los términos en que
el Estado ejercerá la rectoría financiera delSistema Bancario Mexicano.
Artículo 2o.- El servicio de banca y crédito sólo podrá prestarse por instituciones de crédito, que
podrán ser:
I. Instituciones de banca múltiple, y
II. Instituciones de banca de desarrollo.
Para efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se considera servicio de banca y crédito la captación
de recursos del público en el mercado nacional para su colocación en elpúblico, mediante actos
causantes de pasivo directo o contingente, quedando el intermediario obligado a cubrir el principal y, en
su caso, los accesorios financieros de los recursos captados.
No se consideran operaciones de banca y crédito aquellas que, en el ejercicio de las actividades que
les sean propias, celebren intermediarios financieros distintos a instituciones de crédito que seencuentren debidamente autorizados conforme a los ordenamientos legales aplicables. Dichos
intermediarios en ningún caso podrán recibir depósitos irregulares de dinero en cuenta de cheques.
Tampoco se considerarán operaciones de banca y crédito la captación de recursos del público
mediante la emisión de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores, colocados mediante
oferta públicaincluso cuando dichos recursos se utilicen para el otorgamiento de financiamientos de
cualquier naturaleza.
Párrafo derogado DOF 30-04-1996. Adicionado DOF 30-11-2005
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Paraefectos de este artículo y del artículo 103 se entenderá que existe captación de recursos del
público cuando: a) se solicite, ofrezca o promueva la obtención de fondos o recursos de persona
indeterminada o mediante medios masivos de comunicación, o b) se obtengan o soliciten fondos o
recursos de forma habitual o profesional.
Párrafo adicionado DOF 30-11-2005
Artículo 3o.- El Sistema BancarioMexicano estará integrado por el Banco de México, las instituciones
de banca múltiple, las instituciones de banca de desarrollo, el Patronato del Ahorro Nacional y los
fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal para el fomento económico, así como aquéllos
que para el desempeño de las funciones que la ley encomienda al Banco de México, con tal carácter se
constituyan.
Artículo4o.- El Estado ejercerá la rectoría del Sistema Bancario Mexicano, a fin de que éste oriente
fundamentalmente sus actividades a apoyar y promover el desarrollo de las fuerzas productivas del país
y el crecimiento de la economía nacional, basado en una política económica soberana, fomentando el
ahorro en todos los sectores y regiones de la República y su adecuada canalización a una amplia...
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