SOCIOLOGA
MARACAIBO ESTADO ZULIA
CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO MARACAIBO
REGLAMENTO INTERNO DE INTERIOR Y DE DEBATES
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- DEL OBJETO
El presente reglamento tiene como objeto establecer las disposiciones básicas para el funcionamiento y los debates del Consejo Local de Planificación Pública delMunicipio Maracaibo, establecido en el Articulo 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y estipulado en la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, según Gaceta Oficial Extraordinaria 6.017 de fecha jueves 30 de Diciembre de 2010.
ARTÍCULO 2.- MARCO JURÍDICO
El Reglamento Interno de Funcionamiento y de Debates del Consejo Local de Planificación Publica delMunicipio Maracaibo, se ajustara a los lineamientos y marco jurídico establecido en la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública.
CAPÍTULO II
DE LA SESIÓN DE INSTALACIÓN
ARTÍCULO 3.- ELECCIÓN DEL SECRETARIO O SECRETARIA
Instalado el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo, se procede a la elección con la aprobación de la mayoría calificada de losConsejeros y Consejeras presentes, de un Secretario o Secretaria, que ejercerá sus funciones por el periodo de un (1) año, pudiendo ser ratificado o ratificada por el mismo periodo como lo establece la ley.
CAPITULO III
DEL FUNCIONAMIENTO
ARTÍCULO 4.- DE LA SEDE
El Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo, tendrá su sede en la ciudad de Maracaibo y sesionara en la sede delConcejo Municipal de Maracaibo, pudiendo sesionar en cualquier localidad de las Parroquias del Municipio Maracaibo, cuando así lo decida el Presidente o Presidenta, el Vicepresidente o Vicepresidenta del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo o por el cincuenta por ciento (50%) más uno (01), de los o las integrantes que lo conforman.
ARTÍCULO 5.- DE LOS INVITADOS
Asolicitud de cualquiera de sus integrantes, el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo, previa aprobación de la plenaria, podrá convocar en calidad de invitados a: representantes del Gobierno Nacional, Gobierno Regional, Gobierno Municipal, Poder Popular y a cualquiera otra instancia de los Poderes Públicos establecidos en República Bolivariana de Venezuela; así como a entesprivados y particulares, a fin de que expongan sobre un tema en particular.
ARTÍCULO 6.- DE LA CONVOCATORIA
Las reuniones plenarias del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo, serán convocadas por el Presidente o la Presidenta, Vicepresidente o Vicepresidenta. O por solicitud del treinta por ciento de las o los integrantes que lo conforman. En ausencia del presidente ode la presidenta, serán presididas por el Vicepresidente o la Vicepresidenta.
La Secretaria o el Secretario del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo, remitirá a los integrantes del mismo, la convocatoria por escrito y la agenda de discusión con cinco días hábiles de anticipación a la sesión ordinaria correspondiente; y las sesiones extraordinarias serán convocadas conveinticuatro horas de anticipación a la fecha fijada para la reunión y se expresara por escrito el objeto de la misma, en ambos casos la reunión de trabajo no deberá exceder de dos (2) horas, pudiendo prorrogarse por una (1) hora, si es acordado por el quórum reglamentario.
ARTÍCULO 7.- DE LA FORMA DE VOTACIÓN
Los integrantes del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo,tomaran sus decisiones responsablemente, levantando su mano en señal de aprobación, o dejando constancia de su voto salvado en el Pleno.
ARTÍCULO 8.- DE LA AUSENCIA TEMPORAL DE LA SECRETARIA O SECRETARIO
En caso de ausencia temporal de la Secretaria o Secretario, el seno de este Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo, designara un Consejero o Consejera como Secretaria...
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