Sol
ANT. Resolución Multa N° 1717de 24.05.14 Exp. N° 658/2013
SR.
LUISMENA MONJE
DELEGADO PROVINCIAL
SEREMI DE SALUD VIII REGIÓN
LAURA MARGARITA ARAVENA ALARCÓN, cédula de identidad N° 6.720.147-7, Alcaldesa de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COELEMU,según seacreditará, corporación autónoma de derecho público, RUT 69.150.200-7, ambas con domicilio en Pedro León Gallo N° 609, Comuna de Coelemu, en Expediente sobre Sumario Sanitario N° 658/2013, a Ud. respetuosamentedigo:
I- Con motivo de los hechos investigados y en mérito del Acta de Inspección N° 144573, se ha aplicado a la I. Municipalidad de Coelemu, sanción de multa de 40 UTM, en su equivalente en pesosal momento del pago, por no existir registro de capacitación a funcionarios sobre exposición a sustancias y residuos peligrosos, por desconocerse la existencia de este tipo de residuos, no estardebidamente almacenados y rotulados, hechos constitutivos de infracción al artículo 21 del D.S. N° 40/69 del Ministerio del Trabajo, artículos 37 y 42 del D.S. 594/99 del Ministerio de Salud y alCódigo Sanitario.
II- Que se trata de la primera infracción cometida;
III- Que vengo en solicitar se sirva reponer la resolución 1717 de 24 de marzo de 2014 en cuanto aplica una multa ascendente a 40 UTM,y de conformidad a lo dispuesto en el artículo artículo177 del Código Sanitario, y en su reemplazo, aplicar la sanción de amonestación. En subsidio, y para el evento de que no se diere lugar a loanterior, rebajar la multa al monto mínimo que estime corresponder.
IV- Para resolver la petición contenida precedente, ruego tener presente que con el objeto de subsanar los errores cometidos,...
Regístrate para leer el documento completo.