Solicitud de devolucion del igv
CPC. Victor Orlando Vilela Saldarriaga
OBJETIVO
Dar a conocer los conceptos y procedimientos necesarios a aplicar para obtener de forma exitosa la Devolución de Saldo a Favor Materia de Beneficio del Exportador.
INTRODUCCIÓN
El saldo a Favor del Exportador representa hoy en día uno de los sistemas actuales de promoción al exportador, queconsiste en que todo aquel que realice operaciones calificadas como de exportación, tiene la oportunidad de recuperar el importe del IGV que hubiera pagado al momento de realizar las adquisiciones de bienes y servicios y demás operaciones gravadas con el IGV y con derecho a utilizar dicho impuesto como crédito fiscal.
Mediante el mecanismo del Sado a Favor, el exportador puede compensar el montodel IGV con derecho al crédito fiscal, contra los otros impuestos que le correspondiera pagar y/o también solicitar la devolución.
MARCO LEGAL
* Capítulo IX del D.S. Nº 055-99-EF. TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas (15.04.99).
* Decreto Supremo Nº 029-94-EF. Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas (29.03.94).
* Decreto Supremo Nº 014-99-EF. (10.02.99)* Decreto Supremo Nº 126-94-EF. Reglamento de Notas de Crédito Negociables (29.09.94).
* Resolución de Superintendencia Nº 157-2005/SUNAT. Establecen nuevo procedimiento para la presentación de información a que se refiere el artículo 8º del Reglamento de Notas de Crédito Negociables (17.08.05).
* Resolución de Superintendencia Nº 031-2006/SUNAT. Aprueban nueva versión del PDBExportadores (23.02.06).
* Decreto Supremo Nº 057-2009-EF. TUPA de SUNAT. Procedimiento Nº 17 Devolución del Sado a Favor Materia de Beneficio mediante Notas de Crédito Negociables o Cheques (08.03.2009).
* Resolución de Superintendencia Nº 166-2009/SUNAT. Regulan la presentación a través de SUNAT Virtual de la solicitud de devolución del Saldo a Favor Materia de Beneficio sin la presentación degarantía (06.08.09).
* Resolución de Superintendencia Nº 103-2010/SUNAT. Implementan mecanismo de seguridad del Programa de Declaración de Beneficios (PDB) – Exportadores (01.04.10).
GENERALIDADES
El impuesto que da derecho al Saldo a Favor del Exportador es el IGV consignado en los comprobantes de pago por operaciones de adquisición tales como el de bienes, servicios, contratos deconstrucción y las pólizas de importación; todos ellos efectuados por personal (natural o jurídica), que realizan operaciones de exportación, sean estos de bienes o servicios. De lo anteriormente expresado, la operación de exportación de bienes es aquel referido al envío de mercancías desde un país hacia otro distinto.
La salida de las mencionadas mercancías debe ser realizada por territorio aduanero endonde deben ser declarados; no encontrándose sujetas a tributo a aduanero alguno ni del IGV, y la declaración que es realizada ante la autoridad aduanera es para fines estadísticos.
DEFINICIONES PREVIAS
* Impuesto General a las Ventas: Impuesto que grava el consumo de bienes y la prestación o utilización de servicios en el país.
* Exportación: El envío de bienes desde un país hacia otrodistinto. No están afectas al Impuesto General a las Ventas.
* Crédito Fiscal: Está constituido por el IGV consignado separadamente en los comprobantes de pago que sustentan las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción o el IGV pagado en la importación de un bien o en la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
EL SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR(SFE) Y EL SALDO A FAVOR MATERIA DE BENEFICIO (SFMB)
¿QUÉ VIENE A SER EL SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR (SFE)?
Cuando en un mes el monto del IGV que da derecho al crédito fiscal sea mayor que el impuesto bruto a pagar por concepto de ventas, el exceso que queda a favor constituirá saldo a favor que se aplicará como crédito fiscal en los meses siguientes hasta agotarlo.
NECESIDAD DE...
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