SOLICITUD DE PENSI N ALIMENTICIA
DE UNA HIJA MENOR DE EDAD
ARTICULO 282 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE
CIUDADANO
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO.
SU DESPACHO.
Yo Abrahan Gonzalez, abogado venezolano en ejercicio, domiciliado en el Edo. Zulia, y titular de la cédula deidentidad V-25.297.173, actuando en mi carácter de Apoderado de la Ciudadana Abigail Gonzalez, venezolana, menor de edad, estudiante, domiciliada en el Edo. Zulia, soltera, y titular de la Cédula deIdentidad V-27.435.814, ante su competente autoridad ocurrimos para exponer: Mi Poderdante Abigail Gonzalez, ya identificada, pide que se obligue a su Padre, Ciudadano Rostin Gonzalez, quien es mayor deedad, venezolano, Sargento mayor de segunda de la Guardia Nacional Bolivariana, soltero, domiciliado en el Edo. Zulia, portador de la Cédula de Identidad V-12.212.048, con un sueldo mensual de 15000bolívares fuertes (BsF.), a continuar pasándole la pensión de alimentos por la cantidad de 4500 bolívares fuertes, suplido por orden del Tribunal de protección del niño, niña y adolescente de estaCircunscripción Judicial, pues desde el año pasado, día 21 de diciembre, fecha en que cumplió mi Poderdante 15 años de edad, su padre cesó en el cumplimiento de su obligación alimenticia sin másalegato que su desinterés, quedándose la misma en completo abandono, sin tener un centavo para pagar ni atender para atender sus necesidades más elementales de ser humano y de estudiante. La suspensión dela pensión de alimentos del padre de mi Poderdante le ocasiona a la misma graves perjuicios económicos y la afecta emocionalmente. Es por lo expuesto, que de conformidad a lo establecido en elartículo 282 del Código Civil Vigente, o sea, que la “Obligación de mantener, educar e instruir a los hijos mayores, subsiste siempre que estos se encuentren impedidos para atender por sí mismo a las...
Regístrate para leer el documento completo.