STC 16 FEB 2015

Páginas: 46 (11339 palabras) Publicado: 29 de octubre de 2015
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Lunes 16 de marzo de 2015

Sec. TC. Pág. 24

Suplemento

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
2819

Sala Segunda. Sentencia 18/2015, de 16 de febrero de 2015. Recurso de
amparo 3571-2012. Promovido por don Gonzalo Werther Miró Romero
respecto de la Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que
desestimó su demanda sobre protección del derecho a la intimidad ya la
propia imagen. Vulneración de los derechos a la intimidad y a la propia
imagen: difusión de imágenes sobre aspectos de la vida privada del recurrente
captadas sin su consentimiento.

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por doña Adela Asua
Batarrita, Presidenta, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don
Pedro José González-Trevijano Sánchez, don RicardoEnríquez Sancho y don Antonio
Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 3571-2012, promovido por don Gonzalo Werther Miró
Romero, representado por el Procurador don Íñigo Muñoz Durán y asistido por la Abogada
doña Carolina Pina Sánchez, contra la Sentencia de fecha 18 de abril de 2012, dictada
por la Sala de lo Civil delTribunal Supremo en el recurso de casación núm. 800-2009, en
cuya virtud se casa la Sentencia núm. 420/2008, dictada por la Sección Vigesimoprimera
de la Audiencia Provincial de Madrid, en fecha 2 de octubre de 2008 (rollo de apelación
núm. 157-2007), que revocó parcialmente la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera
Instancia núm. 1 de Pozuelo de Alarcón, de fecha 15 de septiembre de 2006,recaída en
el procedimiento ordinario núm. 520-2005. Han intervenido el Ministerio Fiscal y la entidad
Mediaset España Comunicación, S.A., representada por el Procurador don Manuel
Sánchez-Puelles González-Carvajal y asistida por el Letrado don Álvaro Martínez Rivero.
Ha sido ponente el Magistrado don Pedro José González-Trevijano Sánchez, quien
expresa el parecer del Tribunal.
I.  Antecedentes
1. Mediante escrito presentado en este Tribunal el día 13 de junio de 2012, don
Íñigo Muñoz Durán, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don
Gonzalo Werther Miró Romero, interpuso recurso de amparo contra la Sentencia dictada
por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo mencionada en el encabezamiento.

a)  En fecha 7 de octubre del 2005, el recurrente en amparo interpuso demandade
juicio ordinario ante los Juzgados de Primera Instancia de Pozuelo de Alarcón, contra
Gestevisión Telecinco, S.A., la Agencia de Televisión Latinoamericana de Servicios y
Noticias España, S.A. (Atlas España), Boomerang TV, S.A., don Adrián Madrid y don
Oscar Cornejo, codirectores del programa de televisión «Aquí hay tomate», doña Carlota
Corredera, directora del programa «TNT» y doña SoledadGarcía, directora del programa
«Salsa rosa». En síntesis, el demandante alegó la vulneración por los codemandados de
sus derechos a la intimidad y a la propia imagen, ambos regulados en el art. 18.1 CE.

cve: BOE-A-2015-2819

2.  Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo son los siguientes:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de marzo de 2015

Sec. TC. Pág. 25

Dicha vulneración traecausa, según afirma, de las imágenes emitidas y de los
comentarios efectuados en los programas televisivos referidos en el apartado anterior,
entre los días 19 de agosto y 7 de septiembre de 2005.
En el apartado correspondiente al «suplico», el demandante interesó la condena de
los demandados por la vulneración de los derechos fundamentales a los que se ha hecho
mención; la inserción de la sentenciaque se dicte en dos diarios de tirada nacional, así
como que la parte dispositiva de la misma sea leída en los referidos programas televisivos;
que se fije una indemnización de 100.000 € a cargo de los demandados, susceptible de
ser incrementada en función de los beneficios obtenidos por los causantes de la
intromisión ilegítima; y, finalmente, que estos últimos sean condenados al pago de las...
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