STC 24
Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Sentencia 118/2006 de 24 Abr. 2006, rec. 446/2002
Ponente: Pérez Vera, Elisa.
Nº de Sentencia: 118/2006
Nº de Recurso: 446/2002
LA LEY 57607/2006
Texto
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don
Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don RamónRodríguez Arribas y
don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 446-2002, promovido por don José P. R., representado por el Procurador de los
Tribunales don Roberto Granizo Palomeque y asistido por el Letrado don José M. Mohedano, contra la Sentencia de
la Sala Primera del Tribunal Supremo, de 27 de diciembre de 2001 (LA LEY3052/2002), que estimó el recurso de
casación interpuesto contra la Sentencia de la Sección Vigésimo segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, de
18 de junio de 1996 (LA LEY 13315/1996), desestimatoria, a su vez, del recurso de apelación interpuesto contra
Sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Majadahonda (Madrid), de 13 de marzo de 1995, recaída en
autos de reclamación depaternidad núm. 446/91. Ha sido parte doña Cristina A. V., representada por la
Procuradora de los Tribunales doña Pilar Segura Sanagustín y asistida del Letrado don Agustín López Anadón, y ha
intervenido el Ministerio Fiscal.
Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer de la Sala.
I. Antecedentes
1. Mediante escrito presentado en el Juzgado de guardia el 23 de enerode 2002, el Procurador de los Tribunales
don Roberto Granizo Palomeque, en representación del recurrente, formuló demanda de amparo, impugnando la
resolución mencionada en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. Los hechos en que se fundamenta la demanda de amparo son, en síntesis, los siguientes:
a) Doña Cristina A. V. formuló demanda contra el actor solicitando la declaración de paternidad deéste sobre el
hijo de la demandante. En las actuaciones, seguidas ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Majadahonda,
el Sr. P. R. se negó a someterse a las pruebas biológicas de paternidad. El Juzgado dictó Sentencia el 13 de marzo
de 1995, desestimando la demanda, por entender que el indicio probatorio que supone la negativa del demandado a
prestarse a las pruebas biológicas no estabaacompañado de forma incontrovertible de otras pruebas
absolutamente definidas que condujeran al convencimiento de la paternidad, como pudieran ser cierta posesión de
estado, relación epistolar que acredite ciertos sentimientos de relación afectiva, información testifical y
documentos
gráficos,
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directos,
personales
y
no
ambiguos
que
permitieran
constatar
las
relaciones29/11/2014
2/18
extramatrimoniales existentes en su día entre los litigantes.
b) Contra dicha Sentencia la Sra. A. V. interpuso recurso de apelación, que fue desestimado por Sentencia de la
Sección Vigésimo segunda de la Audiencia Provincial de Madrid de 18 de junio de 1996. La Sala entendió que no
existían elementos indiciarios de suficiente entidad que pudieran conducir a la presunción depaternidad, por la vía
de la conjunción con la negativa a la realización de la prueba biológica, conclusión a la que llegó tras analizar las
distintas pruebas practicadas, con especial referencia a la testifical desarrollada a instancia de la demandante,
insuficiente, a juicio del Tribunal, para apoyar, en unión de los demás medios de prueba, una declaración judicial de
la trascendencia de la pretendida. Enconcreto, se decía en el fundamento de Derecho segundo:
«no puede encontrar el impetrado amparo del Tribunal la pretensión revocatoria deducida por la parte recurrente,
en cuanto no aporta junto con el escrito rector del procedimiento otras pruebas documentales que las
concernientes a la inscripción registral del hijo cuya paternidad reclama, o fotos individuales del mismo o del
demandado, y...
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