subsidio trancitorio por incapacidad parcial
Si la incapacidad se hubiese originado a causa o en ocasión del trabajo, no regirá el período mínimo de servicios referido
El grado deseveridad de la incapacidad que dé mérito a la concesión de este subsidio, se establecerá atendiendo los baremos aprobados para los afiliados al Banco de Previsión Social y al porcentaje de invalidez fijadopor el Poder Ejecutivo para la incapacidad absoluta para todo trabajo
Esta prestación se servirá, de acuerdo al grado de capacidad remanente y a la edad del afiliado, por un plazo máximo de tres añoscontados desde la fecha de la incapacidad o, si correspondiere, desde el vencimiento de la cobertura de las prestaciones por enfermedad. Si dentro del plazo antes indicado la incapacidad devieneabsoluta y permanente para todo trabajo, se configurará jubilación por incapacidad total.
DEL CÁLCULO
El monto mensual del subsidio transitorio por incapacidad parcial será equivalente al 65% delsueldo básico jubilatorio.
DEL TRÁMITE
El afiliado debe dirigirse al sector Informes y Gestiones con la Cédula de Identidad vigente.
Se le hace saber que debe fijar una cuenta bancaria para el cobrode sus haberes.
Se le entrega un formulario para ser completado por el o los médicos tratantes. Esa información básica debe referirse a la enfermedad y sus antecedentes.
En la oportunidad en queretorne esa información junto con su historia clínica, se completa el formulario de solicitud de jubilación sin especificar fecha de inicio.
Se solicita al empleador los antecedentes clínicos quepudieran obrar en su poder y los períodos de licencia por enfermedad otorgados al titular en los últimos 5 años de actividad.
Recibida esa información, se designan los especialistas consultantes aintervenir en la oportunidad y se coordina con el interesado dichas entrevistas.
Si efectuadas las pericias los especialistas determinan que no existe incapacidad, se da vista al interesado otorgándole...
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