Subvaluacion Precios
|XXXXX de fecha XXXXX, toda vez, que la Administración Local de Auditoría Fiscal de Naucalpan, establece como método de |
|valoración, el precio unitario de venta, entendiendo por el mismo “el precio a que se vende el mayor número de unidades en las ||ventas a personas que no estén vinculadas con los vendedores de las mercancías, al primer nivel comercial, después de la |
|importación a que se efectúen dichas ventas” pretendiendo fundar su dicho con el artículo 7°, Párrafo 2, del Acuerdo relativo a |
|la aplicación del artículo VII del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, mismo que me permito transcribir||enseguida: |
|“Artículo 7 |
|1. Si el valor en aduana de las mercancías importadas no puede determinarse con arreglo a lo dispuesto en los artículos 1 a 6 ||inclusive, dicho valor se determinará según criterios razonables, compatibles con los principios y las disposiciones generales de|
|este Acuerdo y el artículo VII del GATT de 1994, sobre la base de los datos disponibles en el país de importación. |
|2. El valor en aduana determinado según el presente artículo no se basará en: |
|a)el precio de venta en el país de importación de mercancías producidas en dicho país; |
|b) un sistema que prevea la aceptación, a efectos de valoración en aduana, del más alto de dos valores posibles; |
|c) el precio de mercancías en el mercado nacional del país exportador; |
|d)un costo de producción distinto de los valores reconstruidos que se hayan determinado para mercancías idénticas o similares de|
|conformidad con lo dispuesto en el artículo 6; |
|e) el precio de mercancías vendidas para exportación a un país distinto del país de importación; |
|f)valores en aduana mínimos; |
|g) valores arbitrarios o ficticios.”(lo subrayado y resaltado en este texto, es propio). |
|Como se puede apreciar, el método de valor empleado por la citada Unidad Administrativa, es por demás ilegal, pues en primer ||lugar, lo que debió haber hecho, es señalar en orden sucesivo y por exclusión, los métodos de valoración, contenidos en los |
|artículos 1 a 6 del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de|
|1994, para así darle una mayor certeza a los particulares, de porqué es ese el método de valoración empleado y no cualesquiera de|
|losotros, existiendo aquí un vicio de fondo, pues con base en dicho método, es como se establecerán las cantidades supuestamente|
|adeudadas al Fisco Federal. |
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|Ensegundo plano, la determinación que se hace en contra del suscrito, es completamente ilegal, pues no se ajusta a lo señalado |
|en el artículo 7° del Acuerdo de referencia, pues no señala la Administración Local de Auditoría Fiscal de Naucalpan, de dónde |
|tomó los valores de las mercancías, importadas y porqué supone que el precio de las mismas está subvaluado, no comprobando los |...
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