Sucesion
GILBERTO RAMIREZ ARCILA
NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE ARMENIA.
E. S. D.
REF: SUCESIÓN INTESTADA
YESICA VIVIANA LÓPEZ TOUS, abogada en ejercicio, con T.P. Nº 188.503, expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, mayor de edad, identificada como aparece al pie de mi firma, actuando como apoderada de La señora NATALIA ARANGO MONTOYA plenamente capaz, vecina de esta ciudad,identificada con la cédula de ciudadanía números 1.094.882.113 de Armenia Q, quien obra en calidad de heredera y subrogataria de los derechos herenciales de los señores JOSE EDUARDO ARANGO RAMIREZ, WILLAM ANDRES ARANGO RAMIREZ, EULISES DE JESUS ARANGO RAMIREZ Y EDWIN ALONSO ARANGO MONTOYA, mediante escritura pública número 1975 del 13 de JUNIO de 2011 de la notaria cuarta del circulo notarial deArmenia Q, herederos del señor JOSE EUCLIDES ARANGO SALAZAR, fallecido el 26 de noviembre de 2010 en la ciudad de Pereira Risaralda, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Armenia Quindío, y cuya representación acredito mediante el PODER ESPECIAL legalmente conferido anexo a la presente, para solicitar se inicie el trámite de la liquidación notarial de lasucesión del causante y como consecuencia se solemnice a través de escritura pública, de acuerdo con el tramite previsto por el Decreto 902 de 1988. Para tal efecto me permito acompañar los documentos indicados en el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil: acta de defunción del causante; registros civiles de nacimiento, escritura de adjudicación de derechos herenciales, inventario y avalúo debienes, la relación del pasivo de la herencia y el respectivo trabajo de partición y/o adjudicación.
HECHOS
1. El día 26 de Noviembre de 2010 falleció en la ciudad de Pereira, Risaralda, el señor JOSE EUCLIDES ARANGO SALAZAR, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Armenia Quindío, fecha en la cual por ministerio de la ley, se defirió la herencia aquienes por mandato de la Ley están llamados a recogerla sus hijos legítimos JOSE EDUARDO ARANGO RAMIREZ, WILLAM ANDRES ARANGO RAMIREZ, EULISES DE JESUS ARANGO RAMIREZ, EDWIN ALONSO ARANGO MONTOYA Y NATALIA ARANGO MONTOYA
2. El causante JOSE EULICES ARANGO SALAZAR, era de estado civil soltero, pues tal como aparece en la escritura pública número 826 del 22 octubre de 2009, de la Notaria ÚnicaCirculo de Montenegro Q, declaro la UNION MARITAL DE HECHO Y SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO, que tenía con la señora ANA LEYDA SANCHEZ ACEVEDO, y en el mismo instrumento Público antes mencionado, se LIQUIDO LA SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO entre el causante y la señora ANA LEYDA SANCHEZ ACEVEDO, se anexa Escritura pública número 826 del 22 octubre de 2009, de la Notaria Única Circulo de Montenegro Qy registro civil de nacimiento del señor JOSE EUCLIDES ARANGO SALAZAR en el que se hace la anotación con relación a la LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO
3. El causante JOSE EUCLIDES ARANGO SALAZAR, durante su vida procreó a sus hijos JOSE EDUARDO ARANGO RAMIREZ, WILLAM ANDRES ARANGO RAMIREZ, EULISES DE JESUS ARANGO RAMIREZ, EDWIN ALONSO ARANGO MONTOYA Y NATALIA ARANGO MONTOYA,llamados a heredar los bienes dejados por el Causante, en su calidad de hijos legítimos.
4. Los señores JOSE EDUARDO ARANGO RAMIREZ, WILLAM ANDRES ARANGO RAMIREZ, EULISES DE JESUS ARANGO RAMIREZ y EDWIN ALONSO ARANGO MONTOYA, transfirieron a título de VENTA LOS DERECHOS HERENCIALES A TITULO UNIVERSAL sobre lo que les pudieren corresponder en la sucesión de su señor Padre JOSE EUCLIDES ARANGOSALAZAR en favor de la señora NATALIA ARANGO MONTOYA, mediante escritura pública número 1975 del 13 de Junio de 2011, de la notaria cuarta del circulo notarial de Armenia Q.
5. Mi poderdante la Señora NATALIA ARANGO MONTOYA, es persona mayor de edad, con plena capacidad para actuar.
6. Mi mandante acepta la herencia con beneficio de inventario, igualmente en relación a la adjudicación de los...
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