Sucesiones
Respuesta La legítima de los hijos, cualquiera sea su origen, es de las cuatro quintas partes del patrimonio del progenitor; la quinta parterestante constituye la porción disponible que el de cujus puede destinar a liberalidades, sea mediante donaciones o mediante legados, en favor de sus hijos, parientes o extraños. (Art. 1062 del Código Civil)La legítima de los descendientes llamados a la sucesión en lugar de los hijos es la misma que ellos habrían recibido en caso de vivir.
La legítima de los hijos adoptivos es la misma que la de losdemás hijos.
LEGÍTIMA DE LOS ASCENDIENTES.- Si el difunto no deja descendientes, ni hijo adoptivo, o descendiente de éste sino sólo ascendientes, la legítima perteneciente a éstos es de las dosterceras partes del patrimonio; la tercera parte restante constituye la porción disponible que el de cujus puede destinar a liberalidades, sean mediante donaciones o mediante legados, en favor de susparientes o extraños. (Arts. 1063, 1065 del Código Civil)
LEGITIMA DEL CÓNYUGE.- Si el difunto no deja descendientes ni hijo adoptivo, ni ascendientes, la legítima perteneciente al cónyuge es de lasdos terceras partes del patrimonio; la tercera parte restante constituye la porción disponible que el de cujus puede destinar a liberalidades, sea mediante donaciones o mediante legados, en favor de susparientes o extraños.
CONCURRENCIA DEL CONYUGE CON HIJOS.- Si el difunto ha dejado uno o más hijos y cónyuge, la legítima de todos ellos y la porción disponible es la misma señalada en el artículo1059.
CONCURRENCIA DEL CONYUGE CON ASCENDIENTES.- Si el difunto ha dejado uno o más ascendientes y cónyuge, la legítima de todos ellos y la porción disponible son las señaladas en el artículo 1060.LEGITIMA DEL CONVIVIENTE EN LAS UNIONES CONYUGALES LIBRES.- Se aplican al conviviente las reglas establecidas en los tres artículos anteriores. (Arts. 1061, 1062, 1063 y 1108 del Código Civil)...
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