Sueño Insomne
ANTECEDENTES: El Estado Plurinacional de Bolivia, ha aprobado en fecha 23 de junio de
2010, el D.S. 0559, que tiene por objeto establecerlas normas relativas a la protección de la
salud humana, la inocuidad de los alimentos, los derechos de los consumidores y la
protección del Medio Ambiente en el mercado nacional, en lo referente ala evaluación,
validación, aprobación, autorización y registro de empresas que produzcan, importen y/o
comercialicen en todo el territorio nacional envases denominados “envases de PET PCR
gradoalimentario” que son fabricados con proporciones fijas o variables de resina de Polietilen
Tereftalato virgen (PET) y Polietilen Tereftalato reciclado post consumo (PET PRC), ambos de
grado alimentarioy designar a la Autoridad Nacional Competente a este efecto.
Para el cumplimiento del Decreto Supremo en mención se ha designado como Autoridad
Nacional competente – ANC, al Servicio Nacional deSanidad Agropecuaria e Inocuidad
Alimentaria – SENASAG, el cual queda facultado a reglamentar los procedimientos para la
fiscalización, control y seguimiento para la inocuidad alimentaria en los tramosproductivos y
de procesamiento del sector agropecuario.
En el marco del presente Decreto Supremo, el SENASAG queda facultado a reglamentar los
procedimientos para la fiscalización, control yseguimiento para garantizar la inocuidad
alimentaria en toda la cadena de producción, importación y/o comercialización de envases de
Polietilen Tereftalato Post Consumo grado alimentario (PET-PCR gradoalimentario).
Asimismo, garantizar que los envases que se utilizan en la industria de alimentos cumplan con
los requisitos de la Norma Boliviana NB - 716002, que en la totalidad del punto 5, sedispone
sea de aplicación obligatoria.
ARTICULO 1.- (Generalidades). El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad
Alimentaría (SENASAG), como Autoridad Nacional Competente de la Garantía...
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