Suspension De Pagos
La Suspensión de Pagos es un procedimiento mediante el cual se concede a un comerciante o sociedad mercantil, que prevé el impago de sus deudas, la posibilidad dellegar a un acuerdo con sus acreedores, con la finalidad de evitar la quiebra y asegurar así la continuidad de la empresa.
Con la fase "Junta aprobación de convenio", hacemos referencia a la reunióndebidamente constituida entre acreedores con el fin de deliberar sobre el convenio propuesto así como adoptar el mismo.
El convenio se aprueba, mediante votación nominal,
* En caso de insolvenciaprovisional y espera no superior a tres años: se exige el voto favorable de la mitad más uno de los acreedores concurrentes, que han de representar al menos los 3/5 del pasivo del deudor, excluidos loscréditos con derecho a abstención
* En caso de insolvencia definitiva y espera mayor de tres años: se exige el voto favorable de la mitad más uno de los acreedores concurrentes, siempre querepresenten las 3/4 partes del total del pasivo del deudor. Si no reúne esta mayoría, el Juez convocará nueva junta, en la que quedará aprobado el convenio si concurre el voto favorable de las 2/3 partesdel pasivo computable.
En cualquiera de estos supuestos se exige que existan más de 200 acreedores.
La definitiva aprobación judicial del convenio no tiene lugar hasta que hayan transcurrido ochodías sin haberse formulado oposición al mismo, o una vez que se hayan sustanciado todas las oposiciones formuladas.
Son motivos de oposición a los acuerdos de aprobación de convenio, los defectos deforma para la convocatoria, deliberación y acuerdos de Junta, la falta de personalidad o representación en alguno de los votantes, acuerdos fraudulentos entre el deudor y uno o más acreedores, error en laestimación del pasivo.
Están legitimados para oponerse:
* Los acreedores que no hubiesen concurrido a la junta
* Los que hubiesen discordado del voto de la mayoría.
* Los que...
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