Título Preliminar Del Código Civil Peruano
La Constitución vigente en nuestro país es la delaño 1993, promulgada en un tiempo de inestabilidad económica y política, pero al fin y al cabo es la LEY DE LEYES actual; en consecuencia, la BASE del Sistema Jurídico.
A pesar de ser la BASE denuestro Sistema Jurídico hay supuestos de hecho que no están regulados en su totalidad o en algunos casos, sólo tácitamente y requieren interpretación; pero a esos supuestos de Hecho que son importantes enel ordenamiento jurídico y que no están en la Carta Magna se encuentran en el Título Preliminar del Código Civil, convirtiéndose así el Título Preliminar del Código Civil en el Apoyo de la Base.
ElDr. Marcial Rubio Correa expone fundamentos por los cuales se nota importancia del Título Preliminar del Código Civil en relación a su aplicación.
• Fundamento Histórico.
Las Constituciones yCódigos Civiles son prácticamente contemporáneos. La primera Constitución Europea es la francesa de 1790 y el Código Civil francés data de 1804;a grosso modo con este ejemplo notamos la contemporaneidadde dichos cuerpos normativos, esta vecindad histórica ha dado como resultado que el T.P. del C.C se considere como un cuerpo normativo que no sólo abarca al Derecho Civil, ni siquiera al DerechoPrivado sino, al Sistema Jurídico en su totalidad.
• Fundamento del lugar privilegiado del Título Preliminar por el contenido de sus normas.
El modo como están redactadas, el contenido que está en ellasno sólo inspira la aplicación al Derecho Civil o al Derecho Privado; esta afirmación puede ser discutible ya que los artículos II, IV, V, VI podría considerarse exclusivamente del Derecho Privadoque en el fundamento de aplicación sistemática, Rubio despeja y demuestra una clara aplicación objetiva.
Los artículos I, III, VII, VIII, IX, X no necesitan de “discusión”, su propia forma y fondo...
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