T2
Muerte de una persona que pueda dejar herederos: no puede existir herencia de una persona viva.Como los efectos de ésta dependen de la muerte, el que es considerado beneficiario debe probar ese hecho.
Llamada o delación hereditaria (deferre hereditatem o vocare ad hereditatem): es necesario unofrecimiento de la herencia o llamada para poder hacerse cargo de ella.
A la muerte de una persona ¿cuál es la situación de su patrimonio?
El patrimonio queda sin un dueño, es por ello que esnecesario llevar un juicio ya sea testamentario o intestamentario, para que los bienes que dejó el cuyus, pasen a ser de alguno de sus familiares.
¿Qué derechos no son extinguibles con la muerte?
La muertedetermina la extinción de los derechos intransmisibles como por ejemplo el derecho a pedir alimentos, las expectativas del fideicomiso, los derechos de usufructo, uso u habitación, la solidaridad. Haycontratos que se extinguen por la muerte de alguno de los contratantes. En materia de formación del consentimiento, la oferta se extingue con la muerte del proponente; en materia de familia la muerteproduce la emancipación de los hijos por muerte del padre; por la muerte se extinguen determinadas acciones civiles.
Por consiguiente me parece que no existe un solo derecho que no se extinga con lamuerte de una persona.
¿Cuál es la forma de efectuar la declaración de incapacidad en materia de sucesión hereditaria?
Dependiendo de la incapacidad será la forma en que se pueda comprobar dichaincapacidad, podemos decir la incapacidad de ejercicio en la cual la persona aun es un menor y por ende no tiene la personalidad jurídica necesaria.
¿En qué casos la incapacidad para heredar puede serdispensada?
Falta de personalidad.
Presunción de influjo contrario a la libertad del testador.
Falta de reciprocidad internacional.
Utilidad pública.
Sobrevenida.
Por causa de delito o indignidades.
¿En...
Regístrate para leer el documento completo.