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Páginas: 391 (97695 palabras) Publicado: 14 de julio de 2015
TEXTO ORIGINAL
Decreto 220 sup. 5697 de fecha 12 de abril de 1997.
Código Publicado 12 de Abril de 1997
FE DE ERRATAS SUP. “B” AL PERIODICO OFICIAL NÚMERO 5761 DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 1997
PRIMERA REFORMA SUP. “B” AL PERIODICO OFICIAL NÚM. 6376 DE FECHA 15 DE OCTUBRE DE 2003
SEGUNDA REFORMA SUP. “D” AL PERIODICO OFICIAL 6746 DE FECHA 02 DE MAYO DE 2007
TERCER REFORMA SUP. “D” AL PERIODICOOFICIAL 6855 DE FECHA 17 DE MAYO DE 2008
CUARTA REFORMA SUP “E” AL PERODICO OFICIAL 6915 DE FECHA 13 DE DICIEMBRE DE 2008
QUINTA REFORMA SUP. “C” AL PERIODICO OFICIAL 7010 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2009
SEXTA REFORMA SUP. “BB” AL PERIÓDICO OFICIAL 7023 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2009
LIC. ROBERTO MADRAZO PINTADO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE TABASCO, CON FUNDAMENTO ENLO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 51, FRACCIÓN I DE LA
CONSTITUCION POLÍTICA LOCAL; A SU HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado, se ha servido dirigirme lo siguiente:
LA QUINCUAGESIMA QUINTA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 36,
FRACCIONES I Y XXXIX, DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL, Y EN BASE ALA SIGUIENTE:
EXPOSICION DE MOTIVOS DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES PARA EL ESTADO DE TABASCO
1.

LINEAMIENTOS CONSTITUCIONALES.

La ley procesal, como afirmaba Couture, “es la ley reglamentaria de las garantías constitucionales inherentes a la
justicia civil” . A las leyes procesales corresponde, por tanto, desarrollar en forma congruente las orientaciones
políticas del sistemaconstitucional, así como dar eficacia a las garantías constitucionales del proceso.
En un sistema republicano y democrático el proceso civil debe estar sujeto al principio de la publicidad: los actos del
proceso, y en particular las audiencias, deben realizarse en público o de manera tal que el pueblo tenga la
posibilidad de acceder a la sala de audiencias, con exclusión de aquellos casos en que se debarealizar la audiencia
en privado para proteger el derecho a la intimidad de la persona y el respeto al núcleo familiar: “El pueblo, decía
Couture, es el juez de jueces. La publicidad de las actividades forenses es la esencia del sistema democrático de
gobierno”. Y recordaba el conocido apotegma de Mirabeau, quien afirmaba que no temía a los jueces, ni aun a los
más abyectos, si ellos tenían que hacer sujusticia a la vista del pueblo. Sin embargo, sostenía el procesalista
uruguayo: “el proceso escrito que nos rige es una conspiración contra la publicidad de la justicia”. El principio de
publicidad del proceso es reconocido en el artículo 6º de esta iniciativa.
Por otro lado, las leyes procesales deben regular un proceso justo y razonable, que respete los derechos
constitucionales de acción y deexcepción y que cumpla con lo que el artículo 14 de nuestra Constitución Política
denomina “las formalidades esenciales del procedimiento”. En nuestro sistema constitucional el derecho de acción

deriva del artículo 17, que prohibe la autotutela y establece que “toda persona tiene derecho a que se le administre
justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términosque fijen las leyes, emitiendo
sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia
prohibidas las costas judiciales”. Este derecho fundamental se regula en el artículo 1º de la iniciativa.
A su vez, el derecho de excepción o, más ampliamente, de defensa, tiene su fundamento en el párrafo segundo del
artículo 14 constitucional, el cualestablece que los actos de privación de derechos o posesiones sólo podrán llevarse
a cabo “mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades
esenciales del procedimiento.....”, entre las que destaca, sin duda, el respeto a lo que Couture llama “ el derecho
procesal de defenderse”. El proceso que regule la ley reglamentaria de la garantía de...
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