Tacha De Testigos
En el juicio laboral no puede dejar de admitirse ningún testimonio ofrecido por las partes que satisfaga las exigencias legales, no encontrándose prohibido el de parientes del oferente, pues bien pueden ser éstos los únicos hábiles o capaces paradeclarar. Sin embargo, tal parentesco debe apreciarse por el juzgador en el momento de valorar el testimonio, sin que por sí solo sea suficiente para negar eficacia a las declaraciones, dependiendo el valor de la prueba de que los testigos sean idóneos para declarar en cuanto esté demostrada la razón suficiente por la que emitieron su testimonio, o sea, que se justifique la verosimilitud de supresencia en donde ocurrieron los hechos; de la idoneidad de su conocimiento del hecho inquirido; del contenido de su deposición y también de la verosimilitud de su dicho, entre otros de los muchos factores que deben influir en la decisión del juzgador, ya que la referida circunstancia no es causa forzosa de parcialidad de los testigos, pues no los induce, necesariamente, a dejar de manifestar la verdady, por lo mismo, para que pueda negarse todo valor a sus deposiciones es menester que se demuestre que falsearon los hechos investigados.
2a./J. 12/97
Contradicción de tesis 46/96. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, el antes Tribunal Colegiado Supernumerario en Materia de Trabajo del Primer Circuito, hoy Quinto TribunalColegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el otrora Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, hoy Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Segundo Circuito. 12 de marzo de 1997. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Armando Cortés Galván.
Tesis de jurisprudencia 12/97. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesiónpública de doce de marzo de mil novecientos noventa y siete, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Juan Díaz Romero, Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Genaro David Góngora Pimentel.
Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo V, Marzo de 1997. Pág. 422. Tesis deJurisprudencia.
TESTIGOS EN EL AMPARO. LA RELACION DE PARENTESCO O AMISTAD CON EL QUEJOSO NO LES IMPOSIBILITA, APRIORISTICAMENTE, PARA COMPARECER A TESTIFICAR.
En materia de amparo, no existe un dispositivo legal que imposibilite como testificantes a quienes sean parientes o estén vinculados con la parte quejosa, de lo que debe seguirse que en esta materia, donde se busca la salvaguarda dela constitucionalidad, no puede descalificarse la idoneidad de una persona apriorísticamente, ya que no debe perderse de vista que la finalidad del juicio de amparo es la protección de las garantías individuales y la restitución, en su caso, y si los testigos que concurran sirven a ese fin al conducirse en probidad y sólo con el ánimo de esclarecer la verdad respecto de una posible violación deesas garantías, es evidente la irrelevancia de que esos testigos tengan o no parentesco o algún tipo de amistad con la parte quejosa ya que no se trata de proteger simples intereses privados y entre particulares, sino el respeto mismo al orden constitucional de la Nación que sin duda representa uno de los fines supremos de un país en el que se desea un auténtico estado de derecho. Por tanto,resultaría lamentable para esos ideales el que se tolerara la existencia de actos arbitrarios de autoridad sólo por el hecho de que como medio de prueba no pudiese ofrecerse el testimonio de alguna persona que se encontrara en tales circunstancias de relación, en que de acuerdo a las peculiaridades del sitio en que ocurrieron los sucesos, se advierte que los únicos testigos del evento resultan ser...
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