Talento 2 Milagros
CAPITULO MODALIDADES DE CONTRATACIÓN
Tema: Contrato por necesidad del mercado:
El contrato por necesidad del mercado es aquel que se celebra entre un empleador y un trabajador, con el objeto de atender incrementos coyunturales de la producción originados por variaciones sustanciales de la demanda en el mercado aun cuando se trate de labores ordinarios que formen parte de la actividad normal dela empresa y que no puede ser satisfechas con personal permanente.
este puede ser renovado sucesivamente hasta el término máximo establecido de cinco años.
en los contratos temporales por necesidades del mercado, deberá costar la causa objetiva que justifique la contratación temporal. dicha causa objetiva deberá sustentarse en un incremento temporal e imprevisible del ritmo normal de la actividadproductiva, con exclusión de las variaciones de carácter cíclico o de temporada que se produce en algunas actividades de carácter estacional
CAPITULO EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Tema: Extinción del contrato por Jubilación:
La jubilación es obligatoria para el trabajador, hombre o mujer, que tenga derecho a pensión de jubilación a cargo de la oficina de normalización previsional. (ONP) odel sistema privado de administración de fondos de pensiones, SPP. SI el empleador se obliga a cubrir la diferencia entre dicha pensión y el 80% de la ultima remuneración ordinaria percibida por el trabajador. monto adicional que no podrá exceder del 100% de la pensión, y reajustarla periódicamente, en la misma proporción en que se reajusta dicha pensión.
El empleador que decida aplicar lapresente causal, deberá comunicar por escrito su decisión al trabajador, con el fin de que este inicie el trámite para obtener el otorgamiento de su pensión.
El ccp se produce en la fecha a partir de la cual se reconozca el otorgamiento de la pensión.
La jubilación es obligatoria y automática en caso que el trabajador hombre cumpla los 70 años y la trabajadora mujer cumpla los 65. Salvo pacto encontrato.
CAPITULO CONTRATO DEL MENOR DE EDAD
Tema: Contrato de menores de edad de 12 a 14 años
La jornada de trabajo de los adolescentes se regula por el Código del Niño y del Adolescente, Ley No. 27337. Las actividades que realicen los menores no deben afectar su integridad física, ni emocional, así como deberá permitir su asistencia al centro de estudios, debiendo contar en todo momento con laautorización del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Para los adolescentes de 12-14 años, la jornada de trabajo será 4 horas diarias ó 24 horas semanales como máximo, queda prohibido el trabajo nocturno.
CAPITULO HOSTILIZACIÓN
Tema : La falta de pago y la reducción inmotivada de la remuneración:
De acuerdo al inciso a) del artículo 30º de la LPCL, la falta de pago de la remuneraciónen la oportunidad correspondiente, salvo por razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por el empleador, deviene en un acto de hostilidad en perjuicio del trabajador equiparable a un despido arbitrario.
la remuneración constituye la contraprestación principal del empleador en la relación de trabajo y, por tanto, está obligado a abonar al trabajador el íntegro de laremuneración convenida o, a falta de convenio, la establecida por la ley o la convención colectiva.
Es por ello que el empleador debe cumplir con el pago oportuno de la remuneración del trabajador y no reducir arbitrariamente la misma sin expresión de causa que pueda motivarla, debido a que le ocasionaría un perjuicio inminente al trabajador, ya que en la gran mayoría de los casos éste sólo cuenta con dichacontraprestación como medio de subsistencia para él y su familia.
Sin embargo, no toda reducción o falta de pago de la remuneración debe ser considerada como un acto de hostilidad debido a que pueden existir razones de fuerza mayor o caso fortuito que lo justifiquen, y en tal caso dicha situación deberá ser probada por el empleador. Ello debido a que sólo serán sancionables los actos de...
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