TALLER DE REFORMA PROCESAL LABORAL
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Primera Audiencia Preparatoria:
El día 13 de noviembre del 2014 a las 8:30 horas se lleva acabo la audiencia preparatoria en la sala 2 del Juzgado del Trabajo de Puerto Montt, causa Rit: O-329 del 2014. Por la parte Demandante concurre Don: Gonzalo Javier Mansilla Angulo, mientras que por la parte Demanda concurre: Ciclopas LTDA. La parte Demandante señala que se le ha aplicado de mala forma la causal de despido establecido en el artículo 160 n° 7 del Código del Trabajo(Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.), dando a conocer que existe de la parte contraria además incumplimiento en el pago cotizaciones provisionales, deuda de remuneraciones atrasadas por parte de la empresa y finalmente da a conocer que existen feriados no pagados por parte de la parte Demandada.
Por otro lado la parte Demanda, en primer lugar reconoce adeudar cotizaciones yferiados y el motivo del no pago es que la empresa en estos días ha pasado por una fuerte crisis económica y que incluso podría llegar al estado de quiebra. En otro punto esta parte señala que el trabajador decide poner término a la relación de trabajo con el objetivo de efectuar un proyecto personal.
La audiencia preparatoria se inicia con una relación somera de los hechos tal como lo establece elartículo 453 del Código del Trabajo (1.- La audiencia preparatoria comenzará con la relación somera que hará el juez de los contenidos de la demanda, así como de la contestación y, en su caso, de la demanda reconvencional y de las excepciones, si éstas hubieren sido deducidas por el demandado en los plazos establecidos en el artículo 452.)
La parte Demandante señala que se inició la relación laboralel 16 de enero del 2012 entre el señor Mansilla y Ciclopas LTDA, y que esta relación laboral finalizo el 27 de agosto del 2014 invocando a la causal antes señalada. Esta parte afirma que sus fondos previsionales se encuentran declarados pero no pagados desde el 2013 y sus cotizaciones de AFP tampoco han sido pagadas y por último se le adeudan remuneraciones desde el mes de agosto del 2014.Por otro lado la parte Demandada Reconoce adeudar cotizaciones y feriados no obtente esto debe ser calculando el monto de cada remuneración que asciende a la suma de $ 369.000, y el motivo especifico del no pago es que la empresa atravesó por un periodo de crisis económica. Es por esto que la parte Demandante solicita al tribunal el pago de todo lo ya antes mencionado atendido al tiempo enque el trabajador presto sus servicios a la empresa. Por lo que la parte Demandada señala que la causal de despido ha sido bien aplicada y que el trabajador al solicitar su despido no debería recibir el pago de todo lo ya antes mencionado, además da a conocer que últimamente la empresa se ha dedicado a subsanar otras deudas y no las de sus trabajadores.
Finalizada la etapa de discusión entre laspartes, el magistrado hace un llamado a conciliación (art.453 n°2 Terminada la etapa de discusión, el juez llamará a las partes a conciliación, a cuyo objeto deberá proponerles las bases para un posible acuerdo, sin que las opiniones que emita al efecto sean causal de inhabilitación.) las partes hablan unos minutos brevemente en la audiencia para saber si quieren llegar a un acuerdo, la abogadapor la parte Demanda establece que su representado estaría dispuesto a pagar la suma de $ 1.000.000.000 por lo que el abogado por la parte Demandante rechaza asiendo alusión de que lo que a su representado se le debe asciende a la suma $ 1.900.000. Por lo que la conciliación no surte efectos. Posterior mente el tribunal recibe la causa a prueba ( art. 453 n° Contestada la demanda, sin que se...
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