taller resuelto
2. Tan pronto sea publicada en el Diario Oficial. Al ser un acto legislativo que reforma la Constitución, no necesita sanción presidencial.
3.-La mesada 14 sólo se mantendrá hasta el 31 de julio de 2011, para quienes ganen hasta tres salarios mínimos mensuales La mesada 14 se elimina tan pronto comience a aplicarse el acto legislativo 01 de 2005
4.- El derecho de los docentespensionados con anterioridad a la vigencia de la Ley 4 de 1992 y que se desempeñaban como docentes de tiempo parcial o de cátedra, se mantiene para continuar recibiendo doble asignación del tesoro público; la pensión de jubilación y la proveniente del ejercicio de la docencia.
La excepción sólo rige para los servidores oficiales docentes que a 18 de mayo de 1992, hubieren adquirido el derecho a lapensión. Quiere esto decir, que los docentes que a esa fecha, no reunían los requisitos legales indispensables para obtener el reconocimiento de la pensión, no pueden recibir dos asignaciones del tesoro público, aunque una de éstas tenga el carácter de pensión; aún más, que a partir de esa fecha, no hay posibilidad legal de percibir doble asignación, una como docente y otra como pensionado".contenida en el numeral 14 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 19 de la Ley 4° de 1992, los cuales desarrollan el artículo 128 de la constitución Política de Colombia
5.-A partir del 31 de julio de 2010, nadie en Colombia, ni siquiera ministros, presidentes o congresistas, podrán pensionarse con más de 25 salarios mínimos mensuales. (Hoy $ 14´167500).
Sin embargo,ese tope sólo se aplica a los pensionados del Instituto de Seguro Social, ISS. A quienes están cotizando con los fondos de pensiones privadas, cada persona ahorra de acuerdo con su capacidad y su salario real. No, porque en los fondos los recursos son privados y cada persona ahorra de acuerdo con lo que devenga
6.- No ´por que está prohibida la múltiple vinculación. El afiliado sólo podrátrasladarse en los términos que establece la Ley 797 de 2003. Cuando el afiliado cambie de régimen o de administradora antes de los términos previstos en la ley, esta última vinculación no será válida y el afiliado incurrirá en múltiple vinculación. La vinculación válida será la correspondiente al último traslado que haya sido efectuado con el cumplimiento de los términos legales antes de incurrir en unestado de múltiple vinculación.
¿Cuál es el mínimo para pensionarse?
A partir del momento en que se publique la norma en el Diario Oficial, ninguna persona en Colombia podrá pensionarse con menos de un salario mínimo mensual .
Sin embargo, el Gobierno podrá otorgar algunos beneficios económicos inferiores a un salario mínimo.
7.- No. En la reforma se aprobó un inciso que dice que en Colombianinguna pensión será inferior a la remuneración básica. y La mima reforma aclara y advierte que la ley podrá determinar los casos en los cuales se pueden otorgar beneficios económicos periódicos inferiores a un mínimo a personas de escasos recursos que no cumplan con las condiciones requeridas para tener derecho a una pensión
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9-si Sólo los miembros de la Fuerza Pública y el Presidentede la República tendrán un régimen especial Para los miembros de la Fuerza Pública porque según el Gobierno, por la labor que adelantan en sitios alejados y en pésimas condiciones durante todo el año. Y En el caso del Presidente, el régimen especial se mantiene porque así lo decidió el Congreso.
10.- Los maestros mantendrán sus actuales condiciones. las establecidas en el Plan Nacional deDesarrollo acordadas en 2003, o sea que seguirán pensionándose a los 55 años los hombres, y 50 años las mujeres, con el 75% del salario promedio del último año
11.- que además de la esposa o esposo, serán también beneficiarios, la compañera o compañero permanente y que dicha pensión se dividirá entre ellos (as) en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido.
12- En ese caso, no podrán...
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