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yyyyyyyyytienes un saldoa favor o has pagado indebidamente un tributo o multa puedes solicitar que sea compensado con tus tributos a pagar enviando por Internet el formulario Virtual N° 1648 – Solicitud de Compensación através de SUNAT Operaciones en Línea.
A esto se le llama compensación a solicitud de parte.
4.El plazo para que resuelvan tu solicitud es de 45 días hábiles.
Sólo son compensables:
- Loscréditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente.
- Que pertenezcan a períodos no prescritos.
- Que sean administrados por el mismo órganoadministrador (en nuestro caso la SUNAT).
- Que su recaudación constituya ingreso de una misma entidad.
De acuerdo a lo precisado por el Texto Único Ordenado del Código Tributario, normado por el DecretoSupremo Nº 135-99-EF (19.08.99) y modificatorias, los plazos de prescripción vigentes, para efectos de la acción que debe ejercer la Administración Tributaria, son los siguientes:
3.-PREGUNTA Nº 3: ¿Cómo se debe computar el plazo prescriptorio?
De acuerdo a lo normado por el artículo 44º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, los plazos prescriptorios se computaría de lasiguiente forma:
CONCEPTOS CÓMPUTO DEL PLAZO PRESCRIPTORIO
Impuesto a la Renta Desde el uno (1) de enero del año siguiente
a la fecha en que vence el plazo para la presentación de la DeclaraciónAnual respectiva.
IGV, ISC, entre otros tributos • Desde el uno (1) de enero siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, respecto de tributos que deben ser determinados por el deudor...
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