tarea
Como es de suponerse, la mora en el pago de un título de crédito, faculta al tenedor a exigir vía judicial el pago de lassumas respectivas o la entrega de la mercadería correspondiente.
El último tenedor o el obligado en vía de regreso que haya pagado el documento, puede mediante laacción cambiaria, exigir el pago de lo erogado, intereses moratorios, al tipo de cambio legal o voluntario, desde el día de vencimiento, los gastos de protesto y demásrealizados para el pago del documento.
Por otro lado, el girador como cualquier endosante de una letra protestada pueden exigir, desde que sepan del protesto, queel tenedor del documento reciba el importe del documento y el de los gastos legítimos, con la entrega del título y una cuenta de gastos. (artículo 156 de la ley detítulos de crédito)
Ahora bien como vía para ejercitar esta acción por mora en el pago de un título de crédito, el interesado podrá ejercitar un juicio ejecutivomercantil de conformidad con el dispositivo 1391 fracción IV del Código de Comercio.
CONCLUSION
El incumplimiento de pago ocurre cuando elprestatario no cumple con las cuotas del préstamo educativo según los términos y condiciones estipulados en el pagaré. (El pagaré es un documento legalmente vinculanteque la prestataria firma a la hora de obtener el préstamo.) Es decir, se incurre en incumplimiento cuando no se pagan las cuotas según lo programado. La institucióneducativa, la entidad financiera que otorgó o administra el préstamo, el garante y el Gobierno federal pueden todos tomar las medidas necesarias para recuperar lo adeudado
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