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Referencia: Expediente D-2407
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 327 y 424 (parcial) del Código de Procedimiento Civil.
Actora: Maria Silvia Salazar Longas.
Magistrado Ponente:
Dr. VLADIMIRO NARANJO MESA
Santafé de Bogotá, D.C., dieciocho (18) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999).
La Sala Plena de la CorteConstitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y de los requisitos y trámite establecidos en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido esta Sentencia con base en los siguientes,
I. ANTECEDENTES
En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, la ciudadana María Silvia Salazar Longas demandó parcialmente los artículos 327 y 424 del Código de Procedimiento Civil, tal comofueron modificados por el artículo 1° numerales 153 y 227, respectivamente, del Decreto 2282 de 1989.
Cumplidos los trámites constitucionales y legales propios de los procesos de inconstitucionalidad, la Corte Constitucional procede a decidir acerca de la demanda en referencia.
II. TEXTO DE LA NORMA ACUSADA
A continuación se transcribe el texto de la disposición demandada y se subraya lodemandado.
El Presidente de la República
Decreta:
Decreto Ley 1400 de 1970.
( agosto 6)
“Por el cual se expide el Código de Procedimiento Civil”
Artículo 327.-Modificado por el articulo 1. numeral 153, del Decreto Ley 2282 de 1989. Cumplimiento y notificación de las medidas cautelares. Las medidas cautelares se cumplirán inmediatamente, antes de la notificación a la parte contrariadel auto que las decrete. Si fueren previas al proceso se entenderá que dicha parte queda notificada el día en que se apersona en aquél o actúe en ellas o firme la respectiva diligencia.
“Los oficios y despachos para el cumplimiento de las mencionadas medidas solamente se entregarán a la parte interesada cuando se haya notificado el auto que admitió la demanda o libró mandamiento ejecutivo.”Artículo 424.- Modificado por el artículo 1. Numeral 227, del decreto 2282 de 1989. Restitución de inmueble arrendado. Cuando se trate de demanda para que el arrendatario restituya al arrendador el inmueble arrendado, se aplicarán las siguientes reglas:
Parágrafo 1. Demanda y traslado.
( ... ).
4. El auto admisorio de la demanda se notificará a todos los demandados mediante lafijación de un aviso en la puerta o lugar de acceso al inmueble objeto de la demanda.
En el aviso se expresará el proceso de que se trata, el nombre de las partes, la nomenclatura del inmueble o cualquiera otra especificación que sirva para identificarlo. Copia de él se entregará a cualquier persona que trabaje o habite allí, si fuere posible, y se aplicará lo dispuesto en el numeral 2 del artículo320.
“…”
III. LA DEMANDA
1. Normas constitucionales que se consideran infringidas
Estima la demandante que las disposiciones parcialmente acusadas violan el artículo 29 de la Constitución Política.
Para ilustrar la presunta violación del derecho constitucional fundamental al debido proceso, la demandante empieza por describir una situación particular vivida por su esposo quien, encalidad de codeudor, suscribió un contrato de arrendamiento que a la postre fue incumplido por la tenedora del bien arrendado, dando lugar a un proceso de restitución de inmueble en el que se decretaron algunas medidas cautelares que afectaron bienes de su propiedad.
A partir de allí, considera la peticionaria que el artículo 327, al ordenar la notificación de las medidas cautelares después de queéstas se hayan llevado a cabo, restringe la libre determinación y disposición del patrimonio del afectado, impidiéndole ejercer su derecho a la defensa y limitando la posibilidad de acudir a los mecanismos alternativos de solución de conflictos con el fin de concluir la actuación judicial iniciada y evitar el injustificado incremento de intereses y costas procesales.
Respecto del artículo...
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