Tareas
DE LOS DESALOJOS
Causas Para Demandar el Desalojo
Artículo 116°. Sólo podrá demandarse el desalojo de un inmueble arrendado bajo contrato de
Arrendamiento, cuando la acción sefundamente en cualesquiera de las siguientes causales:
1. Que el arrendatario haya dejado de pagar cuatro (4) cánones de arrendamiento si se trata de inmuebles destinados a vivienda.
2. En lanecesidad que tenga el propietario de ocupar el inmueble, o alguno de sus parientes
Consanguíneos dentro del segundo grado.
El propietario ordenará el retiro de la solución habitacional si tiene lanecesidad "justificada" de ocupar el inmueble por alguno de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado.
3. En el hecho que el arrendatario y/o arrendataria haya destinado el inmueble a usosdeshonestos, indebidos o en contravención a la conformidad de uso concedida por las Autoridades Municipales respectivas o por quien haga sus veces, o por el hecho de que el arrendatario y/o hayacambiado el uso o destino que para el previó.
4. Que el arrendatario y/o arrendataria haya ocasionado al inmueble deterioros mayores que
los provenientes del uso normal del inmueble, o efectuadoreformas no autorizadas por el arrendador.
5. Que el arrendatario y/o arrendataria haya incurrido en la violación o incumplimiento de lasdisposiciones del Reglamento Interno del inmueble, deldocumento de condominio, del reglamento de condominio o de la normativa que regule la convivencia ciudadana, dictada por las autoridades competentes.
Queda a salvo el ejercicio de las acciones judicialesque correspondan por otras causales distintas a las previstas en el presente artículo, o en el derecho común.
Demanda por Falta de Pago
Artículo 117°Aquel que sea demandado por la primera causalde este artículo y que luego de agotada la vía administrativa, se determine que la causa de la falta de pago es enteramente imputable al arrendatario y/o arrendataria, éste perderá en forma...
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