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DECRETO NÚMERO 1786 JORGE UBICO Presidente de la República CONSIDERANDO:
Que el Reglamento de Ingenieros Topógrafos que actualmente rige, aprobado por acuerdo gubernativo de fecha 17 de febrero de 1925, presenta deficiencias que deben subsanarse, no sólo para que abarque todas las incidencias que ocurren los trabajos de agrimensura, sino también para armonizarlo con laLey Agraria, recientemente emitida,
POR TANTO
En uso de la facultad que le confiere el inciso 17 del artículo 77 de la Constitución de la República,
DECRETA
La siguiente:
LEY REGLAMENTARIA PARA TRABAJOS DE AGRIMENSURA CAPÍTULO I PRELIMINARES DEL EXPEDIENTE
ARTÍCULO 1. 1 Solamente podrán practicar trabajos de agrimensura y revisión, los Ingenieros que hubieren obtenido su título enla Universidad Nacional y los que obtengan su incorporación en conformidad con la ley. No podrán ejercer la profesión con carácter particular los Ingenieros que se encuentren empleados a sueldo de las Municipalidades o del poder Ejecutivo, salvo que los empleos sean del Ramo de Educación Pública.
ARTÍCULO 2. A todo Ingeniero a quien se le haya encargado un trabajo de agrimensura, se leexpedirá por la Sección de Tierras o la Oficina que haya dado la comisión, una credencial o nombramiento que determine la naturaleza y extensión del encargo. El Ingeniero hará constar al pie de dicha credencial que acepta la comisión, e
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Reformado por el Artículo 1 del Decreto Gubernativo Número 2469 del Presidente de la República.
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iniciado el expediente en esta forma, señalará día paradar principio a las operaciones, poniendo todo lo expuesto en conocimiento del Jefe Político del departamento donde esté ubicado el terreno y agregando al expediente la respectiva contestación. Las autoridades y funcionarios deberán prestar al ingeniero el apoyo que solicite para el debido desempeño de su encargo. ARTÍCULO 3. El Ingeniero pondrá en seguida, constancia del nombramiento de dostestigos de asistencia con quienes actuará en sus operaciones, y de cuya aptitud legal y conocimiento debe dar fe, especificando también los datos de sus respectivas cédulas de vecindad que sean indispensables para identificarlos. Los testigos deberán ser mayores de edad y estar en el pleno goce de sus derechos civiles, prefiriéndose siempre a los estudiantes de Ingeniería que reúnan las condiciones deley. No podrán ser testigos los que se encuentren en alguno de los casos a que se refieren los artículos 394 y 395 del Código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil, los que no sepan leer y escribir, los que no entiendan el idioma castellano, los que tengan interés en la medida y los parientes del Ingeniero o de los interesados dentro del grado de ley. ARTÍCULO 4. En la misma constancia a que serefiere el artículo anterior, el Ingeniero consignará la aceptación residencia de los testigos y firmará con ellos. El nombramiento debe hacerse a satisfacción del ingeniero medidor, quien no aceptará en ningún caso empleados o dependientes del interesado. ARTÍCULO 5. A continuación, el Ingeniero, por los medios que sean mas indicados, averiguará los nombres de los colindantes y procederá a citarloscon tres días de anticipación más el de la distancia, para que concurran el día señalado al punto que se les fije, ya sea por sí o por medio de representante debidamente instruido, con los títulos respectivos y los demás documentos justificativos que sean necesarios. Las citaciones se harán por medio de notas que el Ingeniero enviará por correo certificado con aviso de recepción, que, además de lorelacionado, especificarán la naturaleza de la operación que se va a practicar, así como el terreno en que se verificará.
ARTÍCULO 6. En el expediente deberá ponerse siempre razón circunstanciada de haberse enviado las citaciones y se agregarán los avisos de recepción de las mismas. Dicha razón irá firmada por el Ingeniero testigos y expresará la fecha y lugar en que se expidieron las...
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