Tareas
Sección II
De la iniciativa y formación de las leyes
Artículo 71.- El derecho de iniciar leyes o decretos compete:I. Al Presidente de la República;
II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; y
III. A las Legislaturas de los Estados.
Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República,por las Legislaturas de los Estados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los Diputados o los Senadores, se sujetarán a los trámites que designe elReglamento de Debates.
Artículo 72.- Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento deDebates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.
A) Aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo aprobare, seremitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente.
B) Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara desu origen dentro de diez días útiles; a no ser que, corriendo este término, hubiere el Congreso cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse el primer día útil en queel Congreso esté reunido.
C) El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevopor ésta, y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por ésta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley odecreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.
Las votaciones de ley o decreto serán nominales.
D) Si algún proyecto de ley o decreto fuese desechado en su totalidad por la Cámara de...
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