Tareas
Pretendiendo garantizar el pago en caso de alguna pérdida, daño o robo, algunas empresashacen firmar a sus trabajadores al inicio de la relación laboral o en el transcurso de ella, una garantía. Los casos más comunes se dan con los trabajadores que manipulan dinero en efectivo, como loscajeros. Dicha garantía es ilegal y es oponible judicialmente.
En ninguna parte del Código Laboral, se ha facultado al empleador para que haga firmar a sus trabajadores algún tipo de garantía, porejemplo, letras de cambio o pagarés y así condicionar su contratación o la continuidad del contrato ya vigente.
Ni siquiera por el hecho que un trabajador haya hecho un daño, se le puede obligar aque suscriba una garantía, pues el mismo Código Sustantivo del Trabajo establece que basta con que el trabajador expresamente (por escrito) acepte su responsabilidad y autorice que se le vayadescontando de su salario o prestaciones sociales, pero nunca, una Letra de Cambio o Pagaré o en su defecto, que el Juez declare la responsabilidad.
“CST. Art. 13. Mínimo de derechos y garantías. Lasdisposiciones de este Código contienen el mínimo de derechos y garantías consagradas en favor de los trabajadores. No produce efecto alguno cualquier estipulación que afecte o desconozca este mínimo.
Art.149. Descuentos prohibidos.
1. El empleador no puede deducir, retener o compensar suma alguna del salario, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandamiento judicial. Quedanespecialmente comprendidos en esta prohibición los descuentos o compensaciones por concepto de uso o arrendamiento de locales, herramientas o útiles de trabajo; deudas del trabajador para con elempleador, sus socios, sus parientes o sus representantes; indemnización por daños ocasionados a los locales, máquinas,… o pérdidas o averías de elementos de trabajo;…
2. Tampoco se puede efectuar la...
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