tareas
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Consejo Nacional de Salud
Comisión Nacional de Medicamentos e Insumos
Cuadro Nacional de
Medicamentos Básicos
9na. revisión
Año 2013
CUADRO NACIONAL DE MEDICAMENTOS BÁSICOS
9na.REVISIÓN
No. 00004288
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que; la Constitución de la República del Ecuador manda: “Art. 32.- La salud es underecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al
ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los
ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el accesopermanente,
oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La
prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia,
eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.”;
Que; el artículo 361 de lamisma Constitución de la República ordena que el Estado ejercerá la rectoría del Sistema de Salud a través de la autoridad sanitaria nacional y como tal, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las
actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector;
Que; el numeral 7 del artículo 363 de la CartaMagna ordena que el Estado será responsable de garantizar la disponibilidad y acceso a medicamentos de calidad, seguros y eficaces, regular su comercialización y promover la producción nacional y la utilización de medicamentos
genéricos que respondan a las necesidades epidemiológicas de la población, y que en el acceso a medicamentos, los intereses de la salud
pública prevalecerán sobre loseconómicos y comerciales;
Que; el segundo inciso del artículo 17 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud, determina que las resoluciones del Consejo Nacional de
Salud, como resultado de la concertación sectorial, serán de cumplimiento obligatorio por todos los integrantes del Sistema;
Que; el artículo 28 de la Ley Ibídem preceptúa que el Ministerio de Salud Pública, con el apoyo del ConsejoNacional de Salud, dispondrá las medidas que permitan garantizar la disponibilidad de medicamentos esenciales e insumos en el país.
Promoverá la producción nacional y garantizará el uso de productos genéricos y organizará instancias y procesos de provisión común de los
mismos, de acuerdo con el Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos que se elaborará según la nomenclatura internacionalaprobada
por la Organización Mundial de la Salud, el mismo que será de aplicación obligatoria por las entidades del sector, con resguardo de su calidad, seguridad y eficacia y al menor costo posible;
Que; el artículo 6 de la Ley de Producción, Importación, Comercialización y Expendio de Medicamentos Genéricos de Uso Humano, prevé que las
entidades del sector público que tengan a su cargoprestaciones y programas de salud, están obligadas a adquirir exclusivamente medicamentos genéricos, de acuerdo al Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos que será elaborado por el Consejo Nacional de Salud (…);
Que;
la letra a) del artículo 42 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud, determina que la Comisión de Medicamentos e Insumos tiene, entre otras funciones,elaborar y actualizar el Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos y su registro terapéutico,
de conformidad con las normas vigentes;
Que; el Presidente Constitucional de la República, con Decreto Ejecutivo No. 1272 de 22 de agosto de 2012, designa a la Magíster Carina Vance
Mafla como Ministra de Salud Pública, ratificada, entre otros Ministros, con Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de...
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