Tareas
México, Distrito Federal, a ocho de enero del año dos mil trece. ----------------------------------------------------------
Visto, para resolver el expediente del procedimiento administrativo de responsabilidades número SRI-048/2012, relativo a la responsabilidad administrativa atribuida al C. ALEJANDRO ÁLVARO DUSSAUGE, con Registro Federal de Contribuyentes AADA740410GH5 en eldesempeño de su cago como servidor público adscrito a la Gerencia de Construcción y Supervisión de Obra del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa; con motivo de las presuntas irregularidades en que incurrió en dicho Organismo; y: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
Primero.-Con el oficio número 11.140/Q/1178/2012, de fecha ocho de octubre del año dos mil doce, el Titular del Área de Quejas en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, remitió a esta Área de Responsabilidades, el expediente de verificación número DE-21/2012, relativo a la presunta irregularidad en que incurrió el C. ALEJANDRO ÁLVARO DUSSAUGE, en el desempeño de sus funciones dentrode la Gerencia de Construcción y Supervisión de Obra del Instituto Nacional de la infraestructura Física Educativa. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Segundo.- Con fecha quinde de octubre del año dos mil doce, se dicto acuerdo de inicio respectivo; el día veintitrés de octubre del año dos mil doce, senotificó al C. ALEJANDRO ÁLVARO DUSSAUGE, el oficio citatorio 11.140/R/1241/2012 de fecha diecinueve de octubre del año dos mil doce, para la celebración de la audiencia prevista en la fracción I del artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a efecto de que declarara lo que a su derecho conviniera respecto de los hechos que se le imputan.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Tercero.- Con fecha cinco de diciembre del año dos mil doce, se realizó la búsqueda en el sistema electrónico que se contiene en el Registro de Servidores Públicos Sancionados que se lleva en la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública, ala fecha, NO se encontraron antecedentes de sanción. ----------------------------------------------------------------------------------
Cuatro.- Con fecha seis de diciembre del año dos mil doce, se estimó que no quedaba pendiente prueba por desahogar o diligencia que realizar, acordándose cerrar la instrucción turnando el asunto para su resolución misma que se dicta conforme a los siguientes.------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDOS
I.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control, en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, es competente para conocer y resolver el presente asunto, con fundamento en los artículos 14, 16, 108, 109 fracción III, y 113 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, 37 fracciones XII y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 1, 2, 3 fracción III, 4, 7, 8, 13, 14, 21, 34 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 27, Octavo, Noveno y Décimo Primero, Transitorios de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa; 14 fracciónIII del Reglamento de Ley que crea al Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas y 80 fracción l, numeral 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. ---------------------------------------------
II.- En el presente asunto las imputaciones que se formulan en contra del C. ALEJANDRO ÁLVARO DUSSAUGE, se hacen consistir en que, “en su carácter de...
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