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Las Cuotas Compensatorias son aranceles que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen, conforme a lo establecido en la Ley de Comercio Exterior.
Las cuotas compensatorias se establecen cuando es necesario impedir la concurrencia al mercado interno demercancías en condiciones que impliquen prácticas desleales de comercio internacional, así como para contrarrestar los beneficios de subsidios a los productores o exportadores del país exportador.Es establecimiento de las mismas se determina por la Secretaría de Economía y se realiza a través de una investigación conforme al procedimiento administrativo previsto en la Ley y sus disposicionesreglamentarias.
Las cuotas serán equivalentes, en el caso de discriminación de precios, a la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación; y en el caso de subvenciones, al monto del beneficio y podrán tener el carácter de provisionales o definitivas.La Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la encargada del cobro de las cuotas a las personas físicas o morales, que estén obligadas alpago de las mismas.
Para los efectos de los artículos 4, fracción III, 5, fracciones II y VII, y 20 de la LCE, las cuotas compensatorias y medidas de salvaguarda, se aplican a las mercancías conforme a la descripción establecida en las resoluciones preliminares o finales que se identifican en las fracciones arancelarias de la Tarifa a que se refiere el Anexo 2.5.1 del presente ordenamiento. Noobstante, se entenderá que el pago de las cuotas compensatorias y medidas de salvaguarda procederá independientemente de que las mercancías se importen declarando una fracción arancelaria distinta a las señaladas en las resoluciones correspondientes o en dicho Anexo.
Para los efectos del artículo Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de laLA, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2000, se entenderá que a las mercancías que se introduzcan a territorio nacional bajo los regímenes señalados en dicho artículo, les serán aplicables las cuotas compensatorias siempre que la resolución correspondiente que se emita como resultado de una investigación sobre prácticas desleales de comercio internacional así lo establezca expresamente.Para los efectos del artículo 71, fracción V de la LCE, las mercancías amparadas por un certificado de cupo expedido por la SE al amparo del Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar diversas mercancías clasificadas en el Capítulo 95 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el DOF el 1 de abril de 2008, no están sujetas al pago decuotas compensatorias por las mercancías, monto y vigencia amparadas por dicho certificado, sin necesidad de realizar algún trámite adicional.
Tinta de impresora.
Sección:
VI
Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas
Capítulo:
32
Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mastiques; tintasPartida:
3215
Tintas de imprimir, tintas de escribir o de dibujar y demás tintas, incluso concentradas o sólidas.
- Tintas de imprimir:
SubPartida:
321519
-- Las demás.
Fracción:
32151903
Presentadas en “cartuchos intercambiables” para “inyección de tinta”, utilizados en las máquinas comprendidas en las subpartidas 8443.31 a 8443.39.
Frontera
.
Resto del TerritorioFranja
Region
.
UM: Kg
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Arancel
IVA
Importación
Ex.
16%
16%
Exportación
Ex.
0%
0%
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CRITERIO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (O.M.A.):
Subpartida:
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
Nota Japón: A partir del 1 de julio de 2012, la importación de esta...
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