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1.-La infracción será determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente con penas pecuniarias, comiso de bienes, internamientotemporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades delEstado para el desempeño de actividades o servicios públicos.
En el control del cumplimiento de obligaciones tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT, se presume la veracidad de los actos comprobados por los agentes fiscalizadores, de acuerdo a lo que se establezca mediante Decreto Supremo
2.- La Administración Tributaria tiene lafacultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias.
En virtud de la citada facultad discrecional, la Administración Tributaria también puede aplicargradualmente las sanciones, en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar.
Para efecto de graduar las sanciones, la Administración Tributariase encuentra facultada para fijar, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, los parámetros o criterios objetivos que correspondan, así como para determinar tramos menores almonto de la sanción establecida en las normas respectivas.
La Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente la acción u omisión de losdeudores tributarios o terceros que violen las normas tributarias.
Para efecto de graduar las sanciones, la Administración Tributaria se encuentra facultada para fijar, mediante Resolución deSuperintendencia o norma de rango similar, los parámetros o criterios que correspondan, así como para determinar tramos menores al monto de la sanción establecida en las normas respectivas.
La Administración...
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