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Tratándose de gastos de representación, el crédito fiscal mensual se calculará de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Reglamento”.
2 Noson deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares, tal como lo tipifica el artículo Nº 44 de la Leydel Impuesto a la Renta DS Nº 179-2004-EF
Al respecto solo serán deducibles aquellos gastos que se relacionen con el giro del negocio y mantenga la fuente de productividad – principio decausalidad.
3 Los gastos de representación (representatividad fuera de las oficinas, obsequio, posición de mercado, imagen) serán deducibles cuando sean propios del giro del negocio, en la parte que,en conjunto, no exceda del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos, normado en el inciso g) del artículo Nº 37 de la Ley mencionado en el punto Nº 2.
4 Podrán ser deducibles como gasto ocosto aquellos sustentados con Boletas de Venta o Tickets que no otorgan derecho al crédito fiscal, emitidos sólo por contribuyentes que pertenezcan al Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS,hasta el límite del 6% (seis por ciento) de los montos acreditados mediante Comprobantes de Pago que otorgan derecho a deducir gasto o costo y que se encuentren anotados en el Registro de Compras....
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