tarifas
El Plan de Beneficios DEL SISTEMA
GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD se prestará en todos los municipios de la república de Colombia, por todas aquellas institucionesy personas de carácter público, privado o de economía mixta, catalogados y autorizados para desempeñarse como Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud I.P.S. El plan obligatorio de saludresponsabilidad de las Entidades Promotoras de Salud se prestará en aquellas I.P.S. con las que cada E.P.S. establezca convenios de prestación de servicios de salud; o sin convenio en cualquier I.P.S. enlos casos especiales que considera el presente reglamento.
La DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO Y ACCESO A LOS NIVELES DE
COMPLEJIDAD. En todo caso los servicios de salud que se presten en cada municipioestarán sujetos al nivel de complejidad y al desarrollo de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud autorizadas para ello. Cuando las condiciones de salud del usuario ameriten una atenciónde mayor complejidad, esta se hará a través de la red de servicios asistenciales que establezca cada E.P.S.
El acceso al servicio siempre será por el primer nivel o por el servicio de
Urgencias. Paralos niveles subsiguientes el paciente deberá ser remitido por un
Profesional en medicina general de acuerdo a las normas definidas para ello, las que
Como mínimo deberán contener una historiaclínica completa en la que se especifique el motivo de la remisión, los tratamientos y resultados previos. Cuando en el municipio de residencia del paciente no se cuente con algún servicio requerido, estepodrá ser remitido al municipio más cercano que cuente con él. Los gastos de desplazamiento generados en las remisiones serán de responsabilidad del paciente, salvo en los casos de urgencia debidamentecertificada o en los pacientes internados que requieran atención complementaria. Se exceptúan de esta norma las zonas donde se paga una U.P.C. diferencial mayor, en donde todos los gastos de...
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