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y Administradores de Inversión, se establece el procedimiento para las solicitudes de autorización y licencia y las reglas para su funcionamiento y operación.
Modificado por el Acuerdo 2-2005 y el Acuerdo 3-2006.
TEXTO ÚNICO
La Comisión Nacional de Valores en uso de susfacultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999, en su Título IX regula el ejercicio de negocio de Sociedades de Inversión y Administradores de Inversión.
Que en reuniones de la Comisión Nacional de Valores se ha puesto de manifiesto la necesidad de adoptar criterios para reglamentar el negocio de las Sociedades de Inversión y Administradores de Inversión.
Que elpresente acuerdo es producto de la consultoría “Desarrollo de las actividades contempladas en el Plan de Reforzamiento de la Comisión Nacional de Valores: Reglamentación de la Ley de Valores; Diseño del Modelo de Supervisión, Sistemas y Manuales y Talleres de Supervisión; Evaluación de la Estructura administrativa de la Comisión Nacional de Valores”, que se desarrolla actualmente en la ComisiónNacional de Valores.
Que el presente Acuerdo ha sido sometido al procedimiento de consulta pública establecido en el Título XV del Decreto Ley 1 de 1999 sobre el “Procedimiento Administrativo para la Adopción de Acuerdos”, específicamente los artículos 257 y 258 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999, de la siguiente forma:
a) Primera consulta pública: anuncio publicado en diarios el 3 de abril de2003, por un período extraordinario de 60 días, prorrogado hasta el 3 de julio de 2003.
b) Celebración de audiencia pública el día 31 de julio de 2003.
c) Segunda consulta pública, por un período de 30 días: anuncio
publicado en diarios el día 7 de abril de 2004.
d) Celebración de audiencia pública el día 27 de mayo de 2004.
Que de conformidad con el artículo 8, numeral 12, del Decreto Ley 1 de8 de julio de 1999, corresponde a la Comisión Nacional de Valores el adoptar Acuerdos que regulen las actividades llevadas a cabo en el Mercado de Valores de la República de Panamá.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: ADOPTAR las reglas aplicables a las actividades y funcionamiento de las Sociedades de Inversión y de los Administradores de Inversión, se establece el procedimiento para las solicitudes deautorización y licencia y las reglas para su funcionamiento y operación.
Artículo 1. Ámbito de aplicación
El presente Acuerdo se aplica a:
1. las Sociedades de Inversión, definidas como toda persona jurídica, fideicomiso o arreglo contractual que mediante la expedición y la venta de sus propias cuotas de participación, se dedica al negocio de obtener dinero del público inversionista, a travésde pagos únicos o periódicos, con el objeto de invertir y negociar, ya sea directamente o a través de administradores de inversión, en valores, divisas, metales e insumos, bienes inmuebles o cualesquiera otros bienes que determine la Comisión. Están excluidas del ámbito de aplicación:
a. El sistema de ahorro y capitalización de pensiones de los servidores públicos creado por la Ley 8 de 1997. Noobstante, las entidades privadas que administren tales sistemas de ahorro deberán solicitar la Licencia de Administradores de Inversión a la Comisión Nacional de Valores.
b. Las Sociedades de Inversión cuyo grupo de inversores se limite a un número que no exceda de veinte (20) personas determinado por su pertenencia a una empresa o a una asociación, y siempre que no existan actividades decomercialización o distribución u ofrecimiento público de sus cuotas, así como aquellas Sociedades en las que sus cuotas de participación se hayan distribuido en virtud de un contrato celebrado entre sus participantes, en el que esté prohibida la entrada de nuevos inversores
c. Aquellas otras Sociedades de Inversión que la Comisión considere conveniente excluir de la aplicación del Título IX del...
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