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Páginas: 9 (2117 palabras) Publicado: 23 de abril de 2014
RECURSO DE REVISIÓN

Juicio Penal No.  69-2012
Señor Presidente del Tercer Tribunal de Garantías Penales de Pichincha
Yo, Diana Paola Granja Mora, ecuatoriana, mayor de edad, de estado civil casada, de profesión médica, actualmente privada de la libertad en el Centro de Rehabilitación Social de Mujeres en la ciudad de Quito, comparezco para exponer y solicitar:
ANTECEDENTES DE HECHOConsta en el proceso, y así será apreciado por el tribunal de la alzada, que faltando a la autenticidad de los hechos y verdad procesal, he sido víctimas de un proceso injusto en mediante el cual recibí una condena desproporcionada, cuya fundamentación se realizó sobre pruebas ilegitimas e ilegales, sin embargo de aquello, he sido condena a pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN y al pago de una multa deCIEN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEÁMERICA (100.000.00 USD) así como al pago de daños y perjuicios, mediante sentencia condenatoria hoy ejecutoriada, en base a una prueba incompleta e ilegal.
El Tribunal de sentencia no analizó debidamente la prueba para acreditar la materialidad del delito como era su obligación, mucho menos comprobó conforme a derecho la existencia del delito porel cual se me declaró culpable, limitándose a tomar como elementos de prueba las conclusiones de los peritajes realizados y presentados en audiencia, diligencias contradictorias, con supuestos hipotéticos no probados, e hizo el propio tribunal elucubraciones de una presunta culpabilidad que no probó debidamente, transgrediendo las normas constitucionales de debido proceso.
FUNDAMENTOS DEDERECHO
1.- Se me ha impuesto una condena de tal magnitud, de conformidad con el Art. 456, , como responsable de un Homicidio Preterintencional por Suministro de Sustancias que no fue probado conforme a derecho, y sin que en el proceso se hubiese analizado debidamente las pruebas de tal hecho delictivo.
Ante el incumplimiento del onus probandi o carga de la prueba que le correspondía al MinisterioPúblico y subsidiariamente al acusador particular, el Tribunal de su presidencia, se limita a manifestar en el considerando «NOVENO» de la sentencia condenatoria: «Analizado en su conjunto las pruebas aportadas y existiendo el convencimiento y la certeza de que la acusada en la presente causa es autora del delito denunciado...».
2.- La afirmación precedente no tiene sustento probatorio alguno, puesse desestimó que mi versión extraprocesal y la procesal son claras en afirmar que si bien existió falta de previsión o de precaución por mi parte, jamás desee de forma consciente y premeditada la muerte de la paciente señora Fernanda Vélez Crespo, quien además fue mi paciente por un breve lapso de tiempo, sin embargo, mantenía una relación cordial con su familia y su persona.
Se ha ignoradoasí que el testimonio del imputado y del acusado son medios de prueba y de defensa a favor de quienes los rinden, conforme lo prescribe el Art. 143 del vigente Código de Procedimiento Penal, siendo igualmente inexcusable que el Tribunal haya ignorado en sentencia, que el testimonio del acusado es indivisible, y que el tribunal estaba obligado a hacer uso de toda la declaración o de ninguna de suspartes, excepto cuando hubiesen graves presunciones contra la parte favorable al acusado (sic).
3.- El argumento truculento que presenta el señor perito en su informe, lamentablemente es recogido por el Tribunal en la sentencia, que admite una investigación incompleta de que « existen indicios de la responsabilidad del homicidio preterintencional de la paciente quien en vida se llamó FERNANDAVÉLEZ CRESPO, por cuanto sostiene que los medicamentos recetados el día 11 de julio de 2012, eran incompatible con la alergia que presentaba la hoy occisa, sin embargo, es pertinente señalar que dicha paciente presentaba además insuficiencia cardiaca congestiva, enfermedad que se define como un “estado fisiopatológico en el cual una anomalía de la función cardiaca impide que el corazón...
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