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EL COLEGIO DE ABOGADOS Y NOTARIOS
DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que las profesiones de abogado y notario comprenden múltiples actividades que deben
traducirse enleales, eficientes y honoríficos servicios prestados a la Comunidad;
CONSIDERANDO
Que el abogado es un auxiliar de la administración de justicia, que, además actúa en la sociedad como juez, asesor, magistrado, consultor, funcionario público y docente, para la fiel comprensión y observancia de l de recho;
CONSIDERANDO
Que el notario ejerce su función pública realizando el derecho en la sociedad,lo cual abarca
integralme nte el de senvolvimiento de la vida de l hombre;
CONSIDERANDO
Que los servicios profesionales, en su diversidad de actividades, deben dirigirse a conseguir la justa,pacífica, armónica y funcional convivencia del conglomerado social, y deben prestarse ajustados a claras normas éticas y morales, que exigen de cada profesional honor, decoro, rectitud, respeto y dignidaden todas y cada una de sus actuaciones, dignidad profesional que exige de cada miembro una conducta recta y ejemplar, pues debe ser un paradigma de honestida d.
POR TANTO
Con base en el inciso b)del ar tículo 11 del Decreto número 62-91 del Congreso (le la República.
APRUEBA cl siguiente Código de Etica Profesional).
CAPITULO I
POSTULADOS
1.- PROBIDAD.
El abogado debe evidenciarsiempre rectitud, honradez e integridad de pensamiento y acción, lo que debe manifestarse especialmente en la lucha contra los abusos y la corrupción en el ejercicio profesional.
2.- DECORO.
El Abogadodebe vivir con dignidad y decencia. Se abstendrá de llevar una vida licenciosa y evitará vicios y escándalos. A las audiencias y actos de su ministerio, asistirá decorosamente, y en toda oportunidaddará a su profesión el brillo y honor que merece, observando una conducta honesta y discreta.
3.- PRUDENCIA.
El abogado debe actuar sin, precipitaciones y con juicio sereno en el ejercicio de su...
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