Tecnico en enfermeria
MINISTERIO DE SALUD
DPTO. ASESORIA JURIDICA
MMH.
REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE AUXILIARES DE ENFERMERIA
DTO. N° 261, DE 1978
Publicado en el D.Oficial de 03 de febrero de 1970
ACTUALIZADO AL 20.02.02
2000
REPUBLICA DE CHILE
MINISTERIO DE SALUD
DPTO. ASESORIA JURIDICA
MMH.
APRUEBA REGLAMENTO PARA ELEJERCICIO DE LA
PROFESION DE AUXILIARES DE ENFERMERIA.
N° 261
D.OF. 03.02.79
SANTIAGO, 16 de octubre de 1978.VISTO: Lo dispuesto por el Decreto Ley 2147, de marzo de 1978; el artículo 112 del Código Sanitario, y en uso de la facultad que me confiere el N° 2 del artículo 72° de la ConstituciónPolítica del Estado,
D E C R E T O:
El siguiente texto contiene el Reglamento para el ejercicio de la profesión de Auxiliares deEnfermería.
ARTICULO 1°.- Denomínase “Auxiliar de Enfermería” a la persona que haya aprobado el Curso de Auxiliares de enfermería realizado en algún Establecimiento del Servicio Nacional de Salud, delas Fuerzas Armadas o de Carabineros de Chile, o en instituciones públicas o privadas que cuenten con autorización especial del Ministerio de Salud para este efecto; esté en posesión del Certificadocorrespondiente y se encuentre inscrita en el Rol de Auxiliar de Enfermería que mantiene la autoridad sanitaria correspondiente.
El cumplimiento de los requisitos señalados en el incisoanterior, habilita a su poseedor para contratar sus servicios como Auxiliar de Enfermería en establecimientos particulares y para ejercer libremente su profesión en la forma y condiciones que se indican másadelante.
ARTICULO 2°.- Son funciones del Auxiliar de Enfermería en su desempeño en las instituciones asistenciales privadas:
a) Ejercer las actividades que se le asignen...
Regístrate para leer el documento completo.