tecnico
Sobre el particular es importante recordar que el consejo de administración es el órgano permanente de administración, el número deintegrantes, período, causales de remoción y funciones deben estar estipulados expresamente en los estatutos. Las atribuciones serán las necesarias para la realización del objeto social y se consideranatribuciones implícitas las no asignadas expresamente a otros órganos por la ley o los estatutos.
Ahora bien, frente al tema consultado, como quiera que este órgano se dicta su propio reglamento,será en él donde se establezca el procedimiento para la elección de la mesa directiva, periodo y demás condiciones necesarias para el evento, además de que en los estatutos deberán estar consagradas lasatribuciones, funciones, número, periodo y demás aspectos atinentes a este órgano.
Así las cosas, el consejo de administración deberá desde el momento en que es elegido, nombrar la mesa directivala cual estará conformada por presidente, vicepresidente y secretario, que generalmente es elegida por el mismo período para el cual es nombrado el consejo de administración. No obstante, como quieraque el legislador no se ocupó de dicho tema habida consideración de que dejó en libertada a este órgano para que en su reglamento lo haga, podrá establecer que la mesa directiva es por determinadoperiodo, a efectos de que todos sus miembros tengan la opción de ocupar dichas dignaturas.
Para concluir, consideramos necesario destacar que dadas las funciones asignadas a dicho órgano, se deberántener en cuenta al momento de la elección de sus dignatarios criterios tales como su capacidad, idoneidad y las aptitudes personales, el conocimiento, la integridad ética y la destreza de quienesejercerán dicha representatividad, razón por la cual las organizaciones de la economía solidaria deberán establecer en sus estatutos rigurosos requisitos para el acceso a los órganos de administración y...
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