Tecnologa
2011-05-18 00:00:00
El Ministerio de Educación, mediante AcuerdoMinisterial Nº 180, del 4 de mayo del presente año, expidió la normativa para la designación de abanderados, portaestandartes y escoltas. Dicho documento explicaque la designación se hará solo en el tercer año de bachillerato. Por tanto en los establecimientos educativos que tienen de primero a séptimo y de primero adécimo, de Educación General Básica, no se elegirán estas dignidades.
El acuerdo establece que en las instituciones educativas que cuentan con bachilleratodeberán elegir entre los estudiantes de tercer año, el abanderado del pabellón nacional, los portaestandartes de la ciudad o cantón y del plantel, cada uno de ellos condos escoltas.
Las distinciones corresponderán a los nueve estudiantes de tercer año de Bachillerato que hayan logrado el más alto puntaje, promediando lasnotas finales de aprovechamiento de segundo a décimo año de Educación General Básica y de primero a segundo de Bachillerato.
En la Costa, la proclamación deabanderados se realizará el 24 de mayo, y el juramento a la Bandera, el 26 de septiembre de 2011. Esta disposición se aplica para el presente año lectivo 2011-2012. En la Sierra en cambio la proclamación de abanderados se realizará el 26 de septiembre, y el juramento la Bandera, el 24 de mayo, y se lo aplicará desde elpróximo año lectivo 2011-2012.
Las fechas cívicas escogidas conmemoran la Batalla de Pichincha, el 24 de mayo, y el Día de la Bandera, el 26 de septiembre.
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