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Con esta base constitucional y después de varios siglos de emplear sistemas jurídicos copiados o derivados del Código Napoleónico, con su administración de la justicia denominada "detrás de puertas cerradas", Ecuador empezó a experimentar con sistemas legales llamados "abiertos", de confrontación, con juicios verbales. En este sistema,conocido en algunos de nuestros países como sistema acusatorio, el acusado tiene el derecho a escuchar los cargos legales impuestos contra él, así mismo tiene derecho a confrontar la "evidencia" presentada por la Fiscalía y tiene derecho a defenderse de esos cargos personalmente o a través de su abogado, confrontando a los testigos de la acusación y presentando sus propios testigos de la defensa.
La publicación de la nueva ley ritual penal fue sometida a un análisis de constitucionalidad[5] producto de la demanda planteada por el profesor ecuatoriano Jorge Zavala Baquerizo[6]. Esto provocó que las posiciones doctrinarias y dogmáticas que fueron materia de la discusión constitucional sean contradictorias ya que mientras para el accionante era un sistema penal caduco que desconocía enlos absoluto las nuevas tendencias del Derecho Penal y el proteccionismo propio de la innovación jurídica que limita el poder punitivo del estado al máximo en defensa de los derechos fundamentales de los inculpados, para el poder legislativo de entonces el sistema acusatorio era una “nueva corriente” del proceso penal que se encontraba lista a ser aplicada en nuestra sociedad ecuatoriana. A pesarde aquello el fallo de mayoría del Ex Tribunal Constitucional dictado en este caso, aceptó parcialmente la demanda y declaró varias disposiciones del Nuevo Código de Procedimiento Penal como inconstitucionales. Es lamentable destacar el hecho de que el Ex Tribunal Constitucional, no dio los lineamientos claves y el fundamento jurídico epistemológico del sistema acusatorio, la respuesta exigida enel análisis de constitucionalidad no fue lo suficientemente apropiada y jurídicamente bien fundamentada para la defensa y establecimiento del sistema penal actual.
No obstante estas posiciones doctrinarias que nos permiten tener una visión prima facie del enfrentamiento y consideración jurídico pragmático en nuestra nación, lo cierto es que de la revisión de varios autores importantes, podemosconcluir que en efecto el sistema acusatorio “es una forma primitiva de justicia, desarrollada a partir de la fase mitológica de la mente humana, que sin embargo continua existiendo en Inglaterra y en Estados Unidos.”[7]
El autor Esmein[8], hace un estudio dialéctico de los procesos penales en relación con la evolución de la humanidad, y en este sentido nos manifiesta que “Se puedendistinguir, en efecto, tres tipos de procedimiento: el tipo acusatorio, el tipo inquisitivo y el tipo mixto. El derecho penal de casi todas las naciones comenzó con un procedimiento acusatorio, y cambió a un procedimiento inquisitivo”. Lo propio manifiesta el autor Osakwe cuando afirma que “El sistema adversarial (acusatorio) moderno es solamente un paso histórico más allá del sistema de venganza privada...
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