Teimpo
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
DE COLOMBIA
República de Colombia
D IARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
www.imprenta.gov.co
Año CXLVIII No. 48.467
Edición de 24 páginas
Bogotá, D. C., miércoles, 20 de junio de 2012
I S S N 0122-2112
PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA
LEY 1537 DE 2012
(junio 20)
por la cual se dictan normas tendientes afacilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda
y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°. Objeto de la ley. La presente ley tiene como
objeto señalar las competencias, responsabilidades y funciones
del sector privado en el desarrollo de los proyectos de Vivienda
de Interés Social y proyectos de Viviendade Interés Prioritario
destinados a las familias de menores recursos, la promoción
del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema espeLa presente ley tiene los siguientes objetivos:
a) Establecer y regular los instrumentos y apoyos para que
las familias de menores recursos puedan disfrutar de vivienda
digna.
tidades del orden nacional y territorial.
c) Establecer herramientaspara la coordinación de recursos
y funciones de la Nación y las entidades territoriales.
privado en el desarrollo de los proyectos de Vivienda de Interés
Social y Vivienda de Interés Prioritario.
vivienda.
f) Establecer instrumentos para la planeación, promoción y
la provisión de servicios de agua potable y saneamiento básico.
g) Incorporar exenciones para los negocios jurídicos queinvolucren la Vivienda de Interés Prioritario.
Artículo 2°. Lineamientos para el desarrollo de la política
de vivienda. Para el cumplimiento del objeto de la presente
ley, las entidades públicas del orden nacional y territorial
deberán:
a) Promover mecanismos para estimular la construcción de
Vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario;
b) Promover ante las autoridadescorrespondientes, la expedición de los permisos, licencias y autorizaciones respectivas,
agilizando los trámites y procedimientos;
c) Establecer el otorgamiento de estímulos para la ejecución
de proyectos de Vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario;
d) Aportar bienes y/o recursos a los patrimonios autónomos
constituidos para el desarrollo de los proyectos de Vivienda de
InterésSocial y Vivienda de Interés Prioritario;
bilitar terrenos para el desarrollo de proyectos de Vivienda de
Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario;
f) Estimular la construcción de Proyectos de Vivienda
de Interés Social y de Vivienda de Interés Prioritario en
las zonas de fronteras, mediante acuerdos de cooperación
internacional;
g) Promover la construcción de vivienda que propenda porla dignidad humana, que busque salvaguardar los derechos fundamentales de los miembros del grupo familiar y en particular
de los más vulnerables y que procure preservar los derechos
L A IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de enero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional de
Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratosestatales no requieren publicación ante la desaparición del
Diario Único de Contratación Pública”.
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DIARIO OFICIAL
D I A R I O OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Por el Presidente Manuel Murillo Toro
Tarifa postal reducida No. 56
DIRECTOR: HERNÁN RAMÓN GONZÁLEZ PARDO
MINISTERIO DEL INTERIOR
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
HERNÁN RAMÓN GONZÁLEZ PARDO
Gerente General
Carrera 66No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia
Conmutador: PBX 4578000.
e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co
de los niños, estimulando el diseño y ejecución de proyectos
que preserven su intimidad, su privacidad y el libre y sano
desarrollo de su personalidad;
h) Promover la construcción de Vivienda de Interés Social
y Vivienda de Interés Prioritario en el desarrollo de...
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