TEMA 1
15/09/2015
Tema 1. Cooperación internacional institucionalizada de caracter regional.
Organización internacional: es toda asociacion constituida por sujetos de derecho internacional público, regulada por un conjunto de normas propias, con miembros, alcance, o presencia internacional y unos fines comunes.Es el ordenamiento juridico de la Comunidad Internacional.
El sujetoprimario del derecho internacional público es el Estado, los sujetos secundarios son las organizaciones internacionales,comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional y el individuo-persona fisica- como sujeto pasivo del derecho internacional, es decir, que recibe una serie de derechos y obligaciones.Además, como casos especiales pueden ser sujetos La Santa Sede, La Orden de Malta yel Patriarcado de Constantinopla.
Requisitos de una organización internacional:
1- La organización constituye un acto creador. Es un tratado multilateral celebrado entre Estados.
2- Sistema permanente de órganos. Distinción entre los órganos gubernamental o ínter estatales y entre los no gubernamentales o los no interestatales.
3-La organización internacional es un sujeto secundario derivadodel Derecho internacional público y de base o carácter funcional. - Regido por el principio de atribución de competencias que es igual a la suma de las competencias expresas mas implícitas mas subsidiarias.
4- Personalidad jurídica internacional.
5- Capacidad normativa propia.
6 - Sirve para satisfacer unos requisitos lícitos desde la perspectiva del Derecho internacional público.
Acto creador dela misma (requisitos). Tratado multilateral, cuando hay mas de dos sujetos celebrándolo. Y es la base, el acto fundacional, de la organización internacional. Sistema permanente de órganos (requisitos). Esta característica permite diferenciar lo que es una organización internacional de lo que es una mera conferencia internacional. Se trata de una estructura jurídica permanente que requiere órganospermanentes, aquí dentro hay una clasificación entre los órganos gubernamentales o interestatales y los nos gubernamentales o no interestatales. Los interestatales defienden los intereses de los Estados, pero los no interestatales defienden otros como los intereses socio laborales. Hasta que se cumple un tratado se habla de sujeto contratante. Cuando ya es parte del tratado se habla de sujeto parte.Tratado. Es algo por escrito por órganos de derecho internacional público y regido por el internacional público. No formalista. Quiere decir que lo importante es la sustancia o el contenido, y no la denominación, la forma.
La primera vez en que el Derecho internacional público admitió la subjetividad de las organizaciones internacionales fue en el año 1949, en la Haya, por parte del principalórgano judicial de las Naciones Unidas, que es la "Corte Internacional de Justicia" ( CIJ) o "Tribunal Internacional de Justicia" (TIJ). El reconocimiento fue por dictamen, de 11 de abril del 1949 llamado “reparación de los daños sufridos al servicio de las naciones”, es decir, se establece un órgano judicial para resolver por medio de sentencias los conflictos entre los sujetos del derechointernacional (estados).
La Diferencia entre sentencia y dictamen. En una sentencia se divide un litigio entre partes, y es la resolución judicial dictada por un juez, en un dictamen responde a una situación jurídica que se le ha planteado, es decir, es una opinión o juicio que se emite sobre una cosa.
Diferenciar el Consejo De Europa del Consejo Europeo.
El Consejo de Europa es una organizcionninternacional de ámbito regional destinada a promover mediante la cooperación de los Estados de Europa, la configuraciún de un espacio politico y juridico comun en el continente, basado en los valores de democracia, derechos humanos y del imperio a la ley. Constituído por el Tratado de Londres, el 5 de Mayo de 1949, es la mas antigua de las organizaciones internacionales y la única que integra a...
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