TEMA 9 SS

Páginas: 7 (1620 palabras) Publicado: 31 de mayo de 2015
TEMA 9
9.1 INCAPACIDAD TEMPORAL
Normativa necesaria: Art 128-133 TRLGSS--Orden 13 oct 1967--Decr. 1646/72--R.D 625/2014
Concepto (Art.128 TRLGSS): situación del trabajador que le impide trabajar por causa relacionadas con su salud. Para que el trabajador se encuentre en situación de IT es necesario:
Una alteración de su salud
Que le impida trabajar
Que reciba asistencia sanitaria por ello
Lascausas que provocan una alteración de la salud son:
Accidente de trabajo
Enfermedad profesional
Enfermedad común
Accidente no laboral
Período de observación por enfermedad profesional (art 133): el tiempo necesario para el estudio médico de la enfermedad profesional cuando haya necesidad de aplazar el diagnóstico definitivo.
Requisitos (HECHO CAUSANTE)
Requisitos que ha de cumplir el trabajadorpara que intervenga la SS:
Se entiende producido el día de la baja médica en el trabajo.
Requisito general: estar afiliado y alta o situación similar al alta.
Requisito especifico: periodo de cotización previo según la causa:
Para enf. Común: al menos ha de tener cotizados 180 días en los 5 años previos al hecho causante.
Para el resto de las causas no se va a necesitar período de cotizaciónsolo el requisito general.
Prestación económica. (Art 129 TRLGSS -- Dec. 1646/72)
La prestación económica es un subsidio equivalente a un tanto por ciento sobre la base reguladora.
Prestación IT=Base Reguladora x %
La Base Reguladora dependerá de la cotización del trabajador. La determinación de la misma ira en función de la causa que genere la IT.
Enfermedad común
BR (IT CC)
Accidente nolaboral
Enfermedad profesional
BR (IT CP) Accidente de trabajo
Periodo de observación enfermedad profesional
Calculo de las bases reguladoras


+

Aunque el trabajador tenga remuneración mensual si se ha incorporado en el mismo mes que causa baja por IT, se contara los días que el trabajador ha trabajado no el mes completo. Si no echa el mes entero trabajando solo se tienen en cuenta los díascotizados.
Dependiendo de qué base reguladora se aplique, se aplica un determinado % según el artículo 2 Orden 13/10/67:
60% BR desde el 4º día hasta el 20º día (ambos inclusive)
Si es IT CC
75% BR a partir 21º día

Si es IT CP 75% BR desde el 1º día de la baja médica.
Dinámica de la prestación
Nacimiento
En el caso de CP el subsidio se abonara desde el día siguiente al de la baja médica,estando a cargo del empresario el salario integro correspondiente al mismo día de la baja.
En caso de CP el subsidio nace a partir del 4º día de la baja médica estando:
Del 4 º al 15º día a cargo de la empresa (60% BR)

Del 16º en adelante a cargo de la S.Social
16º-20º día 60% BR
21º en adelante 75% BR
En los 3º días de baja, si en Convenio Colectivo no se dispone nada el trabajador nocobrara nada (ni prestación ni salario). Si, por el contrario, pone que hay una baja médica voluntaria este 50%/60% BR no sería materia de cotización.
Huelga y cierre
Si el trabajador se da de baja por IT durante la huelga, este no cobrara ni salario ni prestación.
Duración de la IT
El subsidio se abonara mientras el trabajador este impedido para trabajar. El cual finalizara con la fecha de altamédica, recibiendo prestación por IT el mismo día del alta. Si la fecha del alta médica coincide con un día festivo, el trabajador seguirá cobrando prestación IT hasta el primer día laborable tras el festivo donde se incorporará al trabajo.
Duración máxima de la IT
Para el periodo de observación por enfermedad profesional: no podrá exceder de 6 meses prorrogables por 6 meses más, lo que es igual a12 meses. La prorroga se admitirá siempre y cuando esta sea necesaria para determinar el diagnostico.
Para el resto de las causas (IT CC o CP): 365 días prorrogables por 180 más, dando lugar a 545 días. La prorroga se admitirá siempre y cuando sea prevea la curación del trabajador en esos días.
Recaída en el proceso de IT
Se produce cuando en los 180 días naturales siguientes al alta médica...
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