Temas De La Ley Antitramites

Páginas: 8 (1978 palabras) Publicado: 21 de octubre de 2012
ALGUNOS ARTICULOS IMPORTANTES DE LALEY ANTITRAMITES PARA EL SECTOR SALUD.
ARTICULO 111. TÉRMINO PARA EFECTUAR CUALQUIER TIPO DE COBRO O RECLAMACiÓN CON CARGO A RECURSOS DEL FOSYGA. El artículo 13 del Decreto 1281 de 2002, quedará así: "Artículo 13. Término para efectuar cualquier tipo de cobro o reclamación con cargo a recursos del FOSYGA. Las reclamaciones o cualquier tipo de cobro que debanatenderse con cargo a los recursos de las diferentes subcuentas del FOSYGA se deberán presentar ante el FOSYGA en el término máximo de (1) año contado a partir de la fecha de la generación o establecimiento de la obligación de pago o de la ocurrencia del evento, según corresponda Parágrafo 1. Por una única vez, el FOSYGA reconocerá y pagara todos aquellos recobros y/o reclamaciones cuya glosaaplicada en el proceso de auditoría haya sido únicamente la de extemporaneidad y respecto de la cual el resultado se haya notificado a la entidad reclamante y/o recobrante, antes de la entrada en vigencia de la presente disposición, siempre y cuando no haya operado el fenómeno de la caducidad previsto en el numeral 8 del artículo 136 del C. C.A., o en la norma que lo sustituya, previa nueva auditoríaintegral, que deberá ser sufragada por la entidad reclamante o recobrante, según sea el caso, en los términos y condiciones que para el efecto fije el Ministerio de Salud y Protección Social. Parágrafo 2. Las cotizaciones no compensadas, incluidas las glosadas sin compensar al momento de expedición del presente Decreto, deberán compensarse por parte de las Entidades Promotoras de Salud EPS, yentidades obligadas a compensar, dentro del año siguiente a la vigencia de este Decreto Ley, previo el cumplimiento de los procedimientos establecidos en los Decretos 2280 de 2004 y 4023 de 2011 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan

ARTíCULO 116. SERVICIOS NO PREVISTOS EN El PLAN DE BENEFICIOS. Modifíquese el artículo 27 de la Ley 1438 de 2011, el cual quedará así: "ARTíCULO 27.SOLICITUD DE SERVICIOS NO PREVISTOS EN El PLAN DE BENEFICIOS Y CREACiÓN DE lA JUNTA TÉCNICO -CIENTíFICA DE PARES. La provisión de servicios no previstos en el Plan de Beneficios, que se requieran con necesidad y sean pertinentes en el caso particular de acuerdo con la prescripción del profesional de la salud tratante, deberá ser sometida por la Entidad Promotora de Salud al Comité Técnico Científico oa la Junta Técnico -Científica de pares de la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con lo que determine el reglamento. Tanto los Comités Técnicos Científicos como las Juntas Técnico -Científica de pares de la Superintendencia Nacional de Salud, con autonomía de sus miembros, se pronunciarán sobre la insuficiencia de las prestaciones explícitas, la necesidad y la pertinencia de laprovisión de servicios extraordinarios, en un plazo no superior a siete (7) días calendario desde la solicitud completa del concepto, que se establecerá por el reglamento y de acuerdo con las condiciones médicas del paciente. La Superintendencia Nacional de Salud tendrá una lista de médicos especialistas y otros profesionales especializados para conformar la Junta Técnico Científica. La conformaciónde la Junta Técnico Científica debe garantizar la interdisciplinariedad entre los pares especializados del profesional de la salud tratante y la plena autonomía profesional en sus decisiones. En los casos en que el Gobierno Nacional determine que la provisión de servicios, no previstos en el plan de beneficios, sea decidido por la Junta Técnica Científica, la Entidad Promotora de Salud deberáenviar la solicitud a la Junta Técnico Científica a más tardar al día siguiente de la recepción de la prescripción del profesional de la salud. Los comités técnicos científicos deberán estar integrados o conformados por médicos especialistas y otros profesionales especializados. Bajo ninguna circunstancia el personal administrativo de las Entidades Promotoras de Salud integrará estos comités, así...
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